Subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas

 29/03/2022
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Extracto de la Orden EPE/334/2022, de 17 de marzo, por la que se convocan para el año 2022 las subvenciones reguladas en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (BOA de 28 de marzo de 2022). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN EPE/334/2022, DE 17 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2022 LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN EIE/1165/2016, DE 6 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A OTORGAR POR EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON ENTIDADES LOCALES, EMPRESAS Y ENTES PÚBLICOS, UNIVERSIDADES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS INSCRITAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL.

BDNS (Identif.): 612904

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612904).

Primero.- Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, las siguientes entidades:

Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades.

Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las Universidades en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.

Segundo.- Objeto.

La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de las citadas personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el Convenio Colectivo de referencia.

Tercero.- Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de estas subvenciones se contemplan en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 184, de 22 de septiembre de 2016), modificada por las órdenes EIE/1941/2016, de 1 de diciembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 5 de enero de 2017); Orden EIE/809/2017, de 14 de junio, ("Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 26 de junio de 2017); y Orden EIE/574/2019, de 21 de mayo, ("Boletín Oficial de Aragón", número 105, de 3 de junio de 2019).

Cuarta.- Cuantía.

1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos propios de empleo del Gobierno de Aragón, que aporta el 8,11% del presupuesto, y por fondos procedentes de la Iniciativa de Empleo Juvenil y Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 12 de diciembre de 2014, que alcanzan el 91,89% restante del gasto previsto.

2. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a dos millones cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos veintisiete euros con noventa y tres céntimos (2.499.727,93 euros) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2022 que a continuación se relacionan:

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y hasta el 31 de mayo de 2022, ambos inclusive.

Sexto.- Otros datos.

Las solicitudes se dirigirán al Instituto Aragonés de Empleo presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/programa-contratacion-jovenes-desempleadas-garantia-juvenil/ o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 1795 -Subvenciones para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil-

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