EXTRACTO DE LA ORDEN EPE/334/2022, DE 17 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2022 LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN EIE/1165/2016, DE 6 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DE LAS SUBVENCIONES A OTORGAR POR EL INSTITUTO ARAGONÉS DE EMPLEO EN EL ÁMBITO DE COLABORACIÓN CON ENTIDADES LOCALES, EMPRESAS Y ENTES PÚBLICOS, UNIVERSIDADES Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO, PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS INSCRITAS EN EL SISTEMA NACIONAL DE GARANTÍA JUVENIL.
BDNS (Identif.): 612904
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/612904).
Primero.- Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo en el ámbito de colaboración con entidades locales, empresas y entes públicos, universidades y entidades sin ánimo de lucro, para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil, las siguientes entidades:
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Aragón, sus Organismos Autónomos, así como las entidades dependientes o vinculadas a las mismas, que tengan asignadas competencias en promoción de empleo y cuya titularidad corresponda íntegramente a dichas entidades.
Las entidades de derecho público, las sociedades y las empresas públicas dependientes o vinculadas a la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las Universidades en el ámbito geográfico de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Las asociaciones, fundaciones y otras entidades e instituciones sin ánimo de lucro con ámbito de actuación en la Comunidad Autónoma de Aragón, siempre que estén legalmente constituidas conforme a su específica normativa reguladora, dispongan de personalidad jurídica y plena capacidad de obrar y figuren inscritas en el correspondiente registro público con una antigüedad de, al menos, un año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de las subvenciones.
Segundo.- Objeto.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación de las citadas personas jóvenes siempre que los contratos tengan una duración mínima de seis meses y contemplen una jornada laboral de, al menos, el 50% de una jornada a tiempo completo según el Convenio Colectivo de referencia.
Tercero.- Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de estas subvenciones se contemplan en la Orden EIE/1165/2016, de 6 de septiembre ("Boletín Oficial de Aragón", número 184, de 22 de septiembre de 2016), modificada por las órdenes EIE/1941/2016, de 1 de diciembre, ("Boletín Oficial de Aragón", número 3, de 5 de enero de 2017); Orden EIE/809/2017, de 14 de junio, ("Boletín Oficial de Aragón", número 120, de 26 de junio de 2017); y Orden EIE/574/2019, de 21 de mayo, ("Boletín Oficial de Aragón", número 105, de 3 de junio de 2019).
Cuarta.- Cuantía.
1. La financiación de estas subvenciones estará constituida por fondos propios de empleo del Gobierno de Aragón, que aporta el 8,11% del presupuesto, y por fondos procedentes de la Iniciativa de Empleo Juvenil y Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Empleo Juvenil 2014-2020, aprobado por la Comisión Europea el 12 de diciembre de 2014, que alcanzan el 91,89% restante del gasto previsto.
2. El importe total del crédito asignado a la presente convocatoria asciende inicialmente a dos millones cuatrocientos noventa y nueve mil setecientos veintisiete euros con noventa y tres céntimos (2.499.727,93 euros) y las subvenciones que correspondan se financiarán con cargo a los créditos previstos en el Presupuesto de gastos del Instituto Aragonés de Empleo para el ejercicio 2022 que a continuación se relacionan:
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón" y hasta el 31 de mayo de 2022, ambos inclusive.
Sexto.- Otros datos.
Las solicitudes se dirigirán al Instituto Aragonés de Empleo presentándose electrónicamente a través de la sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/programa-contratacion-jovenes-desempleadas-garantia-juvenil/ o incluyendo en el buscador de trámites el procedimiento número 1795 -Subvenciones para la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil-
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