Subvenciones destinadas a la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas

 30/12/2021
 Compartir: 

Resolución 3208/2021, de 22 de diciembre, de la Consejería de Desarrollo Autonómico, de aprobación del gasto y convocatoria para los años 2022 y 2023 de subvenciones destinadas a la contratación por administraciones públicas y entidades del sector público institucional de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en prácticas, en aplicación de la Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas", de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (extracto) (BOR de 29 de diciembre de 2021) Texto completo.

RESOLUCIÓN 3208/2021, DE 22 DE DICIEMBRE, DE LA CONSEJERÍA DE DESARROLLO AUTONÓMICO, DE APROBACIÓN DEL GASTO Y CONVOCATORIA PARA LOS AÑOS 2022 Y 2023 DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA CONTRATACIÓN POR ADMINISTRACIONES PÚBLICAS Y ENTIDADES DEL SECTOR PÚBLICO INSTITUCIONAL DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS, MAYORES DE 16 Y MENORES DE 30 AÑOS, EN LA MODALIDAD DE CONTRATO EN PRÁCTICAS, EN APLICACIÓN DE LA ORDEN TES/1152/2021, DE 24 DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PÚBLICAS, DESTINADAS A LA FINANCIACIÓN DEL "PROGRAMA DE PRIMERA EXPERIENCIA PROFESIONAL EN LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS", DE CONTRATACIÓN DE PERSONAS JÓVENES DESEMPLEADAS EN EL SENO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS POR DICHAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, EN EL MARCO DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (EXTRACTO)

BDNS: 602248

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/602248)

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones ayuntamientos y mancomunidades de municipios del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Segundo. Objeto.

Concesión de subvenciones, en régimen de concesión directa, dirigidas a las entidades indicadas en el artículo quinto de la resolución de convocatoria, destinadas a la contratación de personas jóvenes desempleadas, mayores de 16 y menores de 30 años, en la modalidad de contrato en prácticas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

Tercero. Bases reguladoras.

Orden TES/1152/2021, de 24 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del “Programa de primera experiencia profesional en las administraciones públicas”, de contratación de personas jóvenes desempleadas en el seno de los servicios prestados por dichas administraciones públicas, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto. Cuantía.

En la presente convocatoria se aprueba el gasto, de 355.494,83 euros. Con cargo al presupuesto de gastos para el ejercicio 2022, la cantidad de trescientos cincuenta y cinco mil cuatrocientos noventa y cuantro euros con ochenta y tres céntimos (355.494,83 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El período de presentación de solicitudes se inicia el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y finaliza el 31 de octubre de 2023, pudiendo concederse subvenciones hasta agotar la disponibilidad presupuestaria de cada ejercicio. No obstante, la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes podrá modificarse mediante resolución del titular de la Consejería competente en materia de empleo.

Las solicitudes deberán presentarse con quince días de antelación, al menos, al inicio previsto de los contratos.

Sexto. Otros datos de interés.

- Convocatoria: El texto íntegro de la resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25064) de la página web del Gobierno de La Rioja.

- Solicitudes. Los solicitantes de las ayudas están obligados a presentar la solicitud a través de medios electrónicos en el modelo que se encuentra disponible en la oficina electrónica de la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=25064) en el área temática Empleo y Formación.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana