Ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo

 30/12/2021
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Resolución de 22 de diciembre de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se da publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas previstas en la Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2021-2022 (BOJA de 29 de diciembre de 2021). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 22 DE DICIEMBRE DE 2021, DE LA AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DE CRÉDITO DISPONIBLE PARA LAS AYUDAS PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN DE 24 DE AGOSTO DE 2021, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA AGENCIA PÚBLICA ANDALUZA DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA ABIERTA, EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA, DE AYUDAS A LAS FAMILIAS PARA FOMENTAR LA ESCOLARIZACIÓN DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE 3 AÑOS EN LOS CENTROS EDUCATIVOS DE PRIMER CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL ADHERIDOS AL PROGRAMA DE AYUDA A LAS FAMILIAS PARA EL FOMENTO DE LA ESCOLARIZACIÓN EN EL PRIMER CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL EN ANDALUCÍA, PARA EL CURSO 2021-2022.

La Resolución de 24 de agosto de 2021 de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, por la que se efectúa convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2021-2022, determina en su resuelvo quinto que las ayudas se financiaran con créditos del presupuesto de la Agencia Pública Andaluza de Educación y se harán efectivas con cargo a las siguientes partidas presupuestarias, por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:

Tabla omitida.

Con posterioridad y a través de la Resolución de 29 de noviembre de 2021, de la Agencia Pública Andaluza de Educación, publicada en BOJA núm. 233, de 3.12.2021, se dio publicidad al incremento de crédito disponible para las ayudas previstas en la Resolución de 24 de agosto de 2021, de la Dirección General de la Agencia Pública Andaluza de Educación, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2021-2022, estableciéndose las partidas presupuestarias destinadas a la financiación de la convocatoria abierta por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:

Tabla omitida.

No obstante y con posterioridad a la referida resolución por la que se efectúa la convocatoria abierta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, se ha producido en un momento anterior a la resolución de concesión de la subvención, una nueva aparición de disponibilidad presupuestaria procedente de la partida G/42I/48000/00 por importe de 1.138.150,24 euros para el año 2021.

Dado que se ha producido un aumento de la cuantía máxima disponible prevista inicialmente para la convocatoria abierta, en base al resuelvo quinto de la convocatoria abierta de ayudas y al artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo , esta Dirección General en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto-ley 1/2017, de 28 de marzo , de medidas urgentes para favorecer la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía (BOJA extraordinario número 1, de 29 de marzo), y en el Decreto 194/2017, de 5 de diciembre , por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación,

RESUELVE

Primero. Dar publicidad al aumento sobrevenido del crédito disponible para la convocatoria abierta, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas a las familias para fomentar la escolarización de los niños y niñas menores de 3 años en los centros educativos de primer ciclo de educación infantil adheridos al Programa de ayuda a las familias para el fomento de la escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en Andalucía, para el curso 2021-2022, estableciéndose las partidas presupuestarias destinadas a la financiación de la convocatoria abierta por las cuantías máximas y con los compromisos de gasto de carácter plurianual, conforme a la distribución siguiente:

Tabla omitida.

Segundo. Modificar los importes máximos a otorgar para cada una de cada uno de los procedimientos de selección de la convocatoria abierta, de acuerdo con el aumento sobrevenido del crédito disponible, quedando establecidos en las siguientes cuantías:

Para la resolución del 1.º Procedimiento de selección: 36.676.611,49 €.

Para la resolución del 2.º Procedimiento de selección: 10.000 €.

Para la resolución del 3.º Procedimiento de selección: 10.000 €.

Para la resolución del 4.º Procedimiento de selección: 10.000 €.

Para la resolución del 5.º Procedimiento de selección: 10.000 €.

Tercero. La publicación del crédito destinado a la convocatoria abierta que se hace mediante esta resolución no implica la apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes, ni el inicio de un nuevo cómputo de plazo para adoptar y notificar la resolución.

Cuarto. Esta resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta resolución que agota la vía administrativa en virtud del artículo 33 del Decreto 194/2017, de 5 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia Pública Andaluza de Educación, podrán los interesados interponer, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la notificación de la presente resolución, según disponen los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; pudiendo ser recurrido potestativamente en reposición, en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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