CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 5439-2021, EN RELACIÓN CON EL ARTÍCULO 2.1, LETRAS A) Y B), DEL DECRETO-LEY DEL GOBIERNO DE LA GENERALITAT DE CATALUÑA 34/2020, DE 20 DE OCTUBRE, DE MEDIDAS URGENTES DE APOYO A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA DESARROLLADA EN LOCALES DE NEGOCIO ARRENDADOS
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 7 de octubre de 2021, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 5439-2021 planteada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 11 de Barcelona, en el procedimiento 1115-2020, en relación con el artículo 2.1, letras a) y b), del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 34/2020, de 20 de octubre, de medidas urgentes de apoyo a la actividad económica desarrollada en locales de negocio arrendados, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1 c) LOTC, reservar para sí el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 1115-2020 podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
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