RESOLUCIÓN DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE AMPLÍA EL PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES DE LAS BECAS DE FORMACIÓN, INVESTIGACIÓN Y APOYO EN MATERIAS RELACIONADAS CON LAS POLÍTICAS DE INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD, ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y DEL LITORAL, Y URBANISMO, ASÍ COMO CON LA PLANIFICACIÓN, ANÁLISIS E INSPECCIÓN, COMPETENCIAS DE LA SECRETARÍA GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS, MOVILIDAD Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y LOS CENTROS DIRECTIVOS ADSCRITOS PARA 2021-2022, CONVOCADAS POR RESOLUCIÓN DE 30 DE AGOSTO DE 2021.
La Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de las becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación, análisis e inspección, competencias de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y los centros directivos adscritos para 2021-2022 (BOJA núm. 172, de 7 de septiembre de 2021), establece en su dispongo sexto que el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto de dicha resolución (BOJA núm. 172, de 7 de septiembre de 2021).
Dicho plazo finaliza el día 7 de octubre de 2021.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contempla en su artículo 32 la posibilidad de una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de terceros. El acuerdo de ampliación deberá producirse, en todo caso, antes del vencimiento del plazo de que se trate, debiendo ser notificado a los interesados.
De acuerdo con esta facultad, teniendo en cuenta que el plazo de presentación de solicitudes abarca todo el período de exámenes universitarios y con objeto de que todos aquellos egresados universitarios que estén interesados en presentar su solicitud puedan contar con tiempo suficiente para formalizar su presentación oficial en plazo, y con posibilidad de alegar los méritos obtenidos en la convocatoria de septiembre se estima procedente ampliar dicho plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, hasta el día 22 de octubre de 2021 inclusive.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, en relación con la disposición adicional primera de la Orden de 27 de julio de 2021 de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, que aprueba las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación, análisis e inspección,
Resuelvo
Primero. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de subvenciones establecido en el dispongo sexto de la Resolución de 30 de agosto de 2021, de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, por la que se efectúa la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones, para las becas de formación, investigación y apoyo en materias relacionadas con las políticas de infraestructuras, movilidad, ordenación del territorio y del litoral, y urbanismo, así como con la planificación, análisis e inspección, competencias de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio y los centros directivos adscritos para 2021-2022, hasta el día 22 de octubre de 2021 inclusive.
Segundo. Contra la presente orden de ampliación del plazo máximo de presentación de solicitudes no cabe la presentación de recurso alguno, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tercero. Comunicar la presente orden a la Base Nacional de Subvenciones y ordenar la publicación de la misma en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Cuarto. La presente orden surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
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