EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 29 DE SEPTIEMBRE DE 2021, DE LA CONSEJERÍA DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDAD, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES CON DESTINO A LAS ENTIDADES LOCALES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS PARA IMPULSO DE SERVICIOS DE DINAMIZACIÓN TECNOLÓGICA LOCAL.
BDNS (Identif.): 586140.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/586140).
Primero.-Entidades beneficiarias:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las siguientes entidades locales del Principado de Asturias:
a) Entidades locales con una población inferior a 20.000 habitantes.
b) Mancomunidades de municipios, siempre que los municipios que formen parte de la misma tengan una población inferior a 20.000 habitantes, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo dos de las bases reguladoras y en la presente convocatoria.
Segundo.-Objeto.
Impulsar la innovación, investigación y transformación digital en los municipios asturianos menores de 20.000 habitantes. Se subvencionarán las actividades definidas en el artículo 4 de las bases reguladoras durante la anualidad 2021.
Tercero.-Bases reguladoras.
Resolución de la Consejería de Ciencia, Innovación y Universidad de 13 de agosto de 2021 por la que se aprueban las base reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva con destino a las Entidades Locales del Principado de Asturias para impulso de Servicios de Dinamización Tecnológica Local (BOPA de 25 de agosto de 2021).
Cuarto.-Cuantía.
La cantidad destinada a la financiación de la presente convocatoria asciende a la cantidad de 1.600.000,00 euros con cargo a los Presupuestos Generales del Principado de Asturias de 2021.
Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, conforme al formulario normalizado a disposición en la sede electrónica del Principado de Asturias (código de ficha de servicio AYUD0317T01).
Sexto.-Otros datos.
Las solicitudes se dirigirán a la Consejería con competencia en materia de ciencia e innovación y de conformidad con lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se presentarán obligatoriamente de forma electrónica a través del formulario específico disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias a la que se accede a través de la siguiente dirección https://sede.asturias.es/
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.