Subvenciones dirigida a municipios aragoneses para impulsar actuaciones relativas a la inversión en infraestructuras municipales que fomenten la actividad empresarial

 05/04/2021
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Extracto de la Orden EPE/257/2021, de 25 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones dirigida a municipios aragoneses para impulsar actuaciones relativas a la inversión en infraestructuras municipales que fomenten la actividad empresarial (BOA de 31 de marzo de 2021). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN EPE/257/2021, DE 25 DE MARZO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DIRIGIDA A MUNICIPIOS ARAGONESES PARA IMPULSAR ACTUACIONES RELATIVAS A LA INVERSIÓN EN INFRAESTRUCTURAS MUNICIPALES QUE FOMENTEN LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL.

BDNS (Identif.): 552360

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552360).

Beneficiarios.

Municipios aragoneses que realicen inversiones en infraestructuras de titularidad municipal para el fomento de la actividad empresarial en los términos contemplados en la Orden de convocatoria.

Objeto.

La presente Orden tiene por objeto efectuar la convocatoria para la concesión de subvenciones dirigidas a municipios aragoneses para impulsar actuaciones relativas a la inversión en infraestructuras de titularidad municipal que fomenten la actividad empresarial. En concreto, serán actuaciones subvencionables:

Las actuaciones tendentes a dotar a los terrenos de las infraestructuras necesarias para el desarrollo de las actividades industriales o empresariales que sobre ellos existan o vayan a existir o la mejora de las infraestructuras existentes cuando ello suponga un incremento de la capacidad de los suelos industriales en que se desarrollan las actividades industriales o empresariales o permita la instalación de empresas para las que las infraestructuras previas resultaban insuficientes.

Creación de aparcamientos para municipios que carezcan de ellos o sean insuficientes, y que resulten imprescindibles para dar cabida a la fuerte demanda de aparcamiento que genera la actividad económica de servicios que se desarrolla en dichos municipios.

Se entenderán por infraestructuras: la creación de viales, la dotación de servicios de abastecimiento y evacuación de agua, de suministro de energía eléctrica, de suministro de gas y de instalación de fibra óptica.

Bases reguladoras.

Orden PRE/571/2016, de 13 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones con cargo al Fondo Local de Aragón ("Boletín Oficial de Aragón", número 116, de 17 de junio).

Cuantía.

1. La cuantía total prevista para esta convocatoria es de 1.450.000 euros, condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de concesión, y se financiará con cargo a la partida de gastos del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Aragón para 2021: 15020/G/6122/760059/91002.

2. El crédito asignado a la presente convocatoria podrá incrementarse en un importe adicional máximo estimado de 1.000.000 euros, destinado a municipios de la provincia de Teruel, proveniente del Fondo de Inversiones de Teruel 2020, sin necesidad de nueva convocatoria y previa publicación y determinación de la cuantía adicional, de conformidad con lo previsto en el artículo 39 de la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta convocatoria. A los efectos de computar el plazo, se atenderá a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Otros datos.

La solicitud de subvención constará de un formulario y documentación complementaria que se especifica en el apartado Duodécimo de la Orden de convocatoria.

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