DECRETO DEL PRESIDENTE 22/2020, DE 30 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES REGULADORAS DEL PREMIO DE INVESTIGACIÓN A TESIS DOCTORALES IBEROAMERICANAS DE LA FUNDACIÓN ACADEMIA EUROPEA E IBEROAMERICANA DE YUSTE.
La Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste (en adelante, la Fundación), es una entidad pública sin ánimo de lucro, de carácter cultural, científico, investigador y divulgador integrada en el sector público fundacional de la Junta de Extremadura, adscrita a la Presidencia de la Junta de Extremadura como Administración matriz a través de la Dirección General de Acción Exterior, conforme al Decreto 161/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Presidencia de la Junta de Extremadura y se modifica el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Fundación tiene entre sus objetivos reforzar los lazos históricos y culturales que unen a los países de Iberoamérica y Europa con Extremadura, con el objeto de fomentar, impulsar y apoyar las relaciones con el entorno iberoamericano y europeo, y que el pasado común compartido tenga su continuación en el presente y se proyecte hacia el futuro. Igualmente, contribuir al impulso y consolidación de los vínculos existentes entre Extremadura, Europa e Iberoamérica bajo los principios de lealtad, respeto por la respectiva identidad, mutuo beneficio y solidaridad.
La Fundación tiene como fines apoyar la promoción de la democracia, el respeto a los derechos humanos, el fomento de la paz y la concordia internacional, así como el desarrollo de todos los pueblos y naciones del mundo mediante la promoción de la cultura, la investigación, la difusión del conocimiento y la integración social.
La Fundación realiza actividades que sirven para fortalecer los vínculos de unión entre Europa e Iberoamérica y para fomentar la solidaridad y la justicia social; concede becas y ayudas; organiza cursos, congresos, seminarios y conferencias; edita publicaciones; realiza actividades de Investigación, Desarrollo e Innovación (I+D+I), y desarrolla proyectos y programas de Cooperación al Desarrollo y ayuda solidaria, entre otras actividades.
Para dar cumplimiento a sus fines, la Fundación establece las bases reguladoras del Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas (en adelante, el Premio), de conformidad con lo previsto en el artículo 16 de la Ley 6/2011, del 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del ejercicio correspondiente.
Este Premio de Investigación tiene por objeto tanto subvencionar la publicación de la tesis doctoral ganadora, como conceder un premio de 3.000 € al autor/a de la misma.
Podrán concurrir a este premio las tesis leídas en Portugal, España o en cualquier país iberoamericano o europeo que aborden como temática las relaciones entre España, Portugal o Europa en su conjunto con Iberoamérica y viceversa, desde una perspectiva histórica, cultural, social, científica, económica o desde cualquier otro ámbito de estudio.
Mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 10 de enero de 2018, el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura autorizó a la Fundación para conceder subvenciones de acuerdo con el objeto y fines fundacionales recogidos en el artículo 5 de sus estatutos.
Con posterioridad a dicho acuerdo, el artículo 10.8 de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ha dado una nueva redacción a la disposición adicional tercera de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, quedando su primer enunciado de la forma siguiente: “Las fundaciones y sociedades del sector público autonómico únicamente podrán conceder subvenciones cuando, estando habilitadas al efecto por sus estatutos o normas de creación, se les autorice de forma expresa mediante orden del consejero correspondiente a la consejería a que se encuentren adscritas”.
El artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su redacción dada por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que “Las bases reguladoras de subvenciones se establecerán por decreto del presidente u orden del titular de la consejería correspondiente o de aquella a la que estén adscritos los organismos o entidades públicas vinculadas a la misma o dependientes de ella, previo informe de la Abogacía General y de la Intervención General”.
En la elaboración de las nuevas bases reguladoras se han tenido en cuenta las disposiciones de la Ley 8/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura y de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Por lo expuesto, y en virtud de las atribuciones conferidas por los artículos 14 y 90 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, DISPONGO:
Artículo 1. Aprobación de las bases reguladoras.
Se aprueban las bases reguladoras del Premio de Investigación a Tesis Doctorales Iberoamericanas de la Fundación, en los términos recogidos en el anexo de este decreto.
Artículo 2. Ejercicio de potestades administrativas.
La autorización previa a la concesión, así como las funciones derivadas de la exigencia del reintegro y de la imposición de sanciones, se ejercerán por la Secretaría General de la Presidencia, sin perjuicio de las funciones de control y demás potestades administrativas que corresponda al resto de órganos de la Administración competentes en cada caso.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Se dejan sin efecto las bases contenidas en el Decreto 94/2018, de 26 de junio, por el que se aprueban las bases reguladoras del Premio de Investigación a Tesis Doctorales “Fernando Serrano Mangas” de la Fundación Academia Europea e Iberoamericana de Yuste.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto del Presidente entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
Anexos
Omitidos.
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