ORDEN AUC/1150/2020, DE 18 DE NOVIEMBRE, POR LA QUE SE SUPRIME LA OFICINA CONSULAR HONORARIA DE ESPAÑA EN MANCHESTER, EN REINO UNIDO.
Con la creación del Consulado General de España en Manchester, en Reino Unido, han desaparecido las circunstancias que en su momento aconsejaron la existencia del Consulado Honorario de España en Manchester.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Londres (Reino Unido) y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:
Artículo 1. Supresión del Consulado Honorario en Manchester.
Se suprime el Consulado Honorario de España en Manchester, en Reino Unido.
Artículo 2. Integración de la demarcación.
Como consecuencia de la mencionada supresión, la demarcación consular del Consulado Honorario se reincorporará al Consulado General de España en Manchester.
Disposición final única.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.
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