Contención de la expansión del COVID-19 en el municipio de Las Pedroñeras

 26/11/2020
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Resolución de 20/11/2020, de la Delegación Provincial de Sanidad de Cuenca, por la que se levantan las medidas adoptadas mediante Resolución de 29/10/2020, por la que se adoptan las medidas previstas en la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública para la contención de la expansión del COVID-19 en el municipio de Las Pedroñeras (Cuenca) (DOCM de 25 de noviembre de 2020). Texto completo.

RESOLUCIÓN DE 20/11/2020, DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE SANIDAD DE CUENCA, POR LA QUE SE LEVANTAN LAS MEDIDAS ADOPTADAS MEDIANTE RESOLUCIÓN DE 29/10/2020, POR LA QUE SE ADOPTAN LAS MEDIDAS PREVISTAS EN LA LEY ORGÁNICA 3/1986, DE 14 DE ABRIL, DE MEDIDAS ESPECIALES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA PARA LA CONTENCIÓN DE LA EXPANSIÓN DEL COVID-19 EN EL MUNICIPIO DE LAS PEDROÑERAS (CUENCA).

Vista la información de seguimiento epidemiológico sobre contagios por COVID-19 que obra en la Delegación Provincial de Sanidad de Cuenca y en base a los siguientes:

Antecedentes de Hecho Primero.- Con fecha 13 de junio de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad y sus modificaciones (DOCM n.º 131, de 20 de junio, DOCM n.º 142, de 17 de julio y DOCM n.º 145, de 22 de julio), en adelante Decreto 24/2020.

Segundo.- Con fecha 29 de octubre de 2020 la Autoridad Sanitaria de la provincia de Cuenca, dictó Resolución de Medidas Especiales de Nivel III en materia de Salud Pública, de acuerdo con el Protocolo de actuación ante brotes comunitarios COVID-19 en el municipio de Las Pedroñeras, donde la elevada tasa de incidencia de los últimos 7 días y todas las circunstancias que se daban en este municipio, lo situaban en un escenario de un elevado riesgo de transmisión comunitaria lo que exigía la adopción de medidas complementarias a las medidas generales aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional. Es por lo que se estimaba que procedía la adopción de las medidas de Nivel III durante un plazo de 14 días. Estas medidas (relacionadas en el antecedente cuarto de la citada Resolución), se adoptaron con el objeto de salvaguardar el interés público y evitar la transmisión del virus, dado el potencial pandémico de la enfermedad y el alto riesgo de contagio de infección por SARS-CoV-2.

Tercero.- En fecha 6 de noviembre de 2020 se publica en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha Resolución de 05/11/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha. Mediante dicha Resolución se acordaban medidas de Nivel II en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha contempladas en el Plan de actuación y conjunto de medidas de control a aplicar en un escenario de brotes complejos y/o transmisión comunitaria de COVID-19.

En fecha 16 de noviembre de 2020 se publica en el Diario Oficial de Castilla- La Mancha Resolución de 15/11/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se prorrogan por otros diez días las medidas adoptadas por la Resolución de 05/11/2020.

Cuarto.- Posteriormente, en fecha 10 de noviembre de 2020, se emite Resolución por parte de esta Delegada Provincial, por la que se acuerda la prórroga de la Resolución de 29 de octubre por otros 10 días. Asimismo, en dicha Resolución se actualizaban las medidas de Nivel III, de acuerdo con la actualización de fecha 9 de noviembre de 2020, del Plan de Actuación de la Consejería de Sanidad.

Quinto.- Con fecha 19 de noviembre de 2020, el Servicio de Salud Pública de la Delegación Provincial de Sanidad emite Informe en base a la situación epidemiológica del municipio proponiendo levantar las medidas específicas adoptadas en la Resolución de fecha 29 de octubre para la localidad de Las Pedroñeras (Cuenca). Señala el mencionado Informe que:

Durante la semana epidemiológica número 45 (del 2 al 8 de noviembre de 2020), en el municipio de Las Pedroñeras se han declarado al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 16 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 241,0 casos/100.000 habitantes.

Durante la semana epidemiológica número 46 (del 9 al 15 de noviembre de 2020), en el municipio de Las Pedroñeras se declararon al Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Castilla-La Mancha un total de un total de 4 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia semanal de 60,3 casos/100.000 habitantes.

Así pues, entre las semanas epidemiológicas 45 y 46 se han declarado en el municipio de Las Pedroñeras un total de 20 casos de COVID-19 lo que supone una tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días de 301,3 casos/100.000 habitantes.

La razón de tasas de incidencia entre las semanas 46 y 45 es de 0,25 lo que indica una tendencia claramente descendente de la semana 46 a la semana 45.

La tasa de incidencia acumulada en los últimos 14 días (301,3 casos por 100.000 habitantes) y el número de casos registrados en los últimos 14 días (20 casos), se sitúan por encima de los umbrales de alerta establecidos en Castilla-La Mancha (200 casos/100.000 habitantes & 10 casos semanales).

Conclusiones.

Los datos recabados indican que el municipio de Las Pedroñeras se encuentra en una situación de disminución del riesgo respecto a la quincena anterior, pero en un escenario aún de elevada incidencia, lo que, tras la finalización de las medidas complementarias de nivel 3, exige la aplicación de medidas de nivel II que son equivalentes a las medidas complementarias aplicadas por la Consejería de Sanidad en todo el territorio regional.

Asimismo, se recomienda mantener una estrecha vigilancia en la evolución de los indicadores ante la posibilidad de que la incidencia en las semanas 47 y 48 no mantuviera la tendencia descendente observada en las semanas 46-45 y fuera necesario retomar medidas de Nivel III.” A estos hechos le son de aplicación los siguientes Fundamentos de derecho Primero.- La competencia para dictar esta resolución está atribuida a la Delegada Provincial de Sanidad de Cuenca, en su condición de autoridad sanitaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.5 del Decreto 81/2019, de 16 de julio (DOCM núm. 141 de 18/07/2019), de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad.

Segundo.- Se dicta la presente resolución a la vista de la legislación sanitaria de aplicación, más concretamente la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en materia de salud pública, (BOE n.º 102, de 29 de abril), Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad (BOE n.º 102, de 29 de abril), Ley 8/2000, de 30 de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha (DOCM n.º 126, de 19 de diciembre).

Tercero.- De acuerdo con lo señalado en el párrafo segundo del Resuelvo Quinto de la mencionada Resolución de 5 de noviembre “el levantamiento de tales medidas se producirá mediante resolución administrativa dictada al efecto por esta Delegación Provincial”.

A la vista del informe técnico emitido por el Servicio de Salud Pública, las medidas sanitarias específicas acordadas mediante Resolución de 29 de octubre de 2020 han influido positivamente en reestablecer la situación epidemiológica de la localidad de Las Pedroñeras por lo que consecuentemente se propone el levantamiento de las mismas, y la aplicación de las Medidas de Nivel II previstas en la Resolución de 05/11/2020, de aplicación en todo el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Vistas las disposiciones citadas, esta Delegada Provincial, en su condición de Autoridad Sanitaria Resuelve Primero.- Levantar las medidas de Nivel III en el municipio de Las Pedroñeras, contempladas en la Resolución de 5 de noviembre de 2020, resultando de aplicación en todo caso las medidas de Nivel II contempladas en la Resolución de 05/11/2020, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan medidas de la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha ( DOCM n.º 225, de 6 de noviembre de 2020).

Segundo.- Dar traslado de la presente resolución al Excmo. Ayuntamiento de Las Pedroñeras y a la Subdelegación del Gobierno.

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