Modificación del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita

 28/10/2020
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Decreto 73/2020, de 15 de octubre, de primera modificación del Decreto 13/2020, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias (BOPA de 27 de octubre de 2020) Texto completo.

DECRETO 73/2020, DE 15 DE OCTUBRE, DE PRIMERA MODIFICACIÓN DEL DECRETO 13/2020, DE 7 DE MAYO, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE ASISTENCIA JURÍDICA GRATUITA EN EL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

Preámbulo

El artículo 119 de la Constitución Española establece que la justicia será gratuita cuando así lo disponga la Ley, y, en todo caso, respecto de quienes acrediten insuficiencia de recursos para litigar. Esta remisión a una norma de rango legal se materializó con la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, que regula los aspectos esenciales relativos a los requisitos para el reconocimiento del derecho, su procedimiento y sus consecuencias procesales, junto con el Real Decreto 996/2003, de 25 de julio , por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita.

La Ley 1/1996, de 10 de enero, y su Reglamento de desarrollo, delimitan aquellos preceptos de carácter básico y de general aplicación en todo el territorio nacional, correspondiendo a las Comunidades Autónomas con competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, regular aquellos aspectos de la prestación de asistencia jurídica gratuita que le son propios, de conformidad con la disposición adicional primera de dicha ley.

El Principado de Asturias asumió la titularidad de competencias en materia de Administración de Justicia en virtud del Real Decreto 966/2006, de 1 de septiembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias en materia de provisión de medios materiales y económicos para el funcionamiento de la Administración de Justicia y por lo que se refiere al ámbito de la asistencia jurídica gratuita, en el apartado B).1.e) del Acuerdo que se incorpora como anexo al citado real decreto.

El Principado de Asturias, en virtud de lo expuesto y de las competencias señaladas en los artículos 9.2 a) y 10.1, apartados 1 y 33 del Estatuto de Autonomía del Principado de Asturias, realizó el desarrollo normativo de la Ley 1/1996, de 10 de enero, a través del Decreto 273/2007, de 28 de noviembre , por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias, norma derogada por el Decreto 13/2020, de 7 de mayo , cuya entrada en vigor tuvo lugar el día 4 de junio de 2020.

El Título V del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias, aprobado por el citado Decreto 13/2020, de 7 de mayo , se dedica a la subvención y supervisión de los servicios de asistencia jurídica gratuita, regulando en sus artículos 37 y siguientes la subvención con cargo a las dotaciones presupuestarias autonómicas a conceder a los Colegios Profesionales de abogados y procuradores para la implantación y prestación de los servicios de asistencia jurídica gratuita.

El artículo 39 de este reglamento establece una compensación por baremos, conforme a las bases económicas y módulos de compensación fijados en atención a la tipología de procedimientos en los que intervengan dichos profesionales, módulos y bases previstos en el anexo II. Asimismo, prevé este artículo, en su apartado 3, que las cuantías establecidas en dicho anexo se actualizarán automáticamente cada año conforme al porcentaje de incremento de las retribuciones del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias; estableciéndose dichos baremos conforme a lo acordado por la Comisión Mixta en materia de Justicia Gratuita, en la reunión celebrada el día 25 de febrero de 2019.

Con posterioridad al citado acuerdo, las retribuciones del personal funcionario de la Administración del Principado de Asturias fueron incrementadas en un porcentaje del 2,50% para el año 2019 y de un 2% para el año 2020, incrementos no contemplados en el anexo II del Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita, siendo necesaria su modificación para la debida actualización.

La presente disposición se integra por un único artículo, una disposición final y un anexo comprensivo de la modificación, estableciéndose la inmediata entrada en vigor de la norma debido a la necesidad de actualizar a la mayor brevedad posible, las cuantías previstas en el anexo II del Reglamento. A tal fin, sus efectos económicos se retrotraen a fecha 4 de junio de 2020.

La tramitación de la presente disposición se adecua a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así, de acuerdo con los principios de necesidad y eficacia, la propuesta está justificada por una razón de interés general, con la finalidad de actualizar los baremos reseñados, teniendo en cuenta los incrementos sufridos por las retribuciones del personal funcionario de la Administración autonómica durante la tramitación de la norma que ahora se modifica.

De acuerdo con el principio de proporcionalidad, la iniciativa contiene la regulación imprescindible para atender la necesidad descrita, ejerciéndose de manera coherente con el resto del ordenamiento jurídico, en cumplimiento del principio de seguridad jurídica. En su tramitación se dio cumplimiento al principio de transparencia, sometiéndose a la debida publicación en los términos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre , de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y en la Ley del Principado de Asturias 8/2018, de 14 de septiembre , de Transparencia, Buen Gobierno y Grupos de Interés; y se posibilitó la participación activa de los potenciales destinatarios en dicha tramitación.

Por último, en aplicación del principio de eficiencia, la norma evita cargas administrativas innecesarias o accesorias, racionalizando en su aplicación la gestión de los recursos públicos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Presidencia, de acuerdo con el Consejo Consultivo del Principado de Asturias y previo Acuerdo del Consejo de Gobierno en su reunión de 15 de octubre de 2020,

DISPONGO

Artículo único.-Modificación del Decreto 13/2020, de 7 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias.

El Decreto 13/2020, de 7 de mayo , por el que se aprueba el Reglamento de Asistencia Jurídica Gratuita en el Principado de Asturias, queda modificado en los términos previstos en el anexo al presente decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, retrotrayendo sus efectos económicos al día 4 de junio de 2020.

Anexo

Omitido.

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