Criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles

 16/09/2020
 Compartir: 

Orden INT/851/2020, de 14 de septiembre, por la que se prorroga la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 (BOE de 16 de septiembre de 2020). Texto completo.

ORDEN INT/851/2020, DE 14 DE SEPTIEMBRE, POR LA QUE SE PRORROGA LA ORDEN INT/657/2020, DE 17 DE JULIO, POR LA QUE SE MODIFICAN LOS CRITERIOS PARA LA APLICACIÓN DE UNA RESTRICCIÓN TEMPORAL DE VIAJES NO IMPRESCINDIBLES DESDE TERCEROS PAÍSES A LA UNIÓN EUROPEA Y PAÍSES ASOCIADOS SCHENGEN POR RAZONES DE ORDEN PÚBLICO Y SALUD PÚBLICA CON MOTIVO DE LA CRISIS SANITARIA OCASIONADA POR LA COVID-19.

La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, estableció un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea, así como un conjunto de categorías específicas de personas también exentas de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Esta Recomendación ha sido modificada en sucesivas ocasiones para ir reduciendo el listado de terceros países en vista del empeoramiento de la situación epidemiológica en varios de ellos.

La Recomendación del Consejo y sus modificaciones han sido aplicadas en España mediante la Orden INT/595/2020, de 2 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la Orden INT/657/2020, de 17 de julio , con el mismo título, y las modificaciones y prórrogas de ésta mediante la Orden INT/734/2020, de 30 de julio, y la Orden INT/805/2020, de 28 de agosto, que extendían sus efectos hasta las 24:00 horas del 16 de septiembre.

Por la presente se prorroga hasta el 30 de septiembre la validez de la Orden INT/657/2020 , sin realizar modificaciones, dado que tampoco las ha sufrido la Recomendación (UE) de la que trae causa.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Prórroga de la Orden INT/657/2020, 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

La disposición final única de la Orden INT/657/2020, 17 de julio, por la que se modifican los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, queda modificada como sigue:

“Esta orden surtirá efectos desde las 24:00 horas del 22 de julio hasta las 24:00 horas del 30 de septiembre de 2020, sin perjuicio de su eventual modificación para responder a un cambio de circunstancias o a nuevas recomendaciones en el ámbito la Unión Europea.”

Disposición final única. Efectos.

Esta orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Últimos estudios

Pedro Brufao Curiel, Carmen Bravo Díaz, Juan José Torres Ventosa
Propuestas para la reforma del empleo público en Extremadura

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Tribunal Supremo: Los umbrales de saciedad pueden ser “adecuados y necesarios para la correcta ponderación de criterios buscando un equilibrio entre la objetividad y la finalidad del contrato” y para identificar la oferta que refleje “la mejor relación calidad-precio” (STS, Sala 3ª, Secc. 3ª, núm. 205/2026, de 23 de febrero de 2026 - recurso de casación 1584/2023, ROJ: STS 780/2026, ponente B.M. Santillán Pedrosa)
  2. Estudios y Comentarios: La ejecución de los fondos europeos para la recuperación a partir del Reglamento de la UE 2021/241 y del Real Decreto Legislativo 36/2020
  3. Tribunal Supremo: En el procedimiento abreviado procede la rehabilitación del plazo para interponer la demanda cuando ésta se presenta el mismo día en que se notifica la resolución de archivo del recurso
  4. INAP: Nuevo Matinal de la Escuela de Alta Dirección Pública del Estado con la participación de Manuel Villoria, presidente de la Autoridad Independiente de Protección del Informante
  5. Actualidad: El Gobierno creará y convocará 200 plazas de fiscales en 2026, un récord histórico
  6. Legislación: Derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria con cargo a fondos públicos de las personas extranjeras que encontrándose en España no tengan su residencia legal en el territorio español
  7. Legislación: Prestaciones económicas vinculadas al servicio y la de cuidados en el entorno familiar y de apoyo a personas cuidadoras no profesionales y la de asistencia personal
  8. INAP: Actividades formativas del INAP
  9. Legislación: Becas y ayudas al estudio personalizadas
  10. INAP: Se abre el plazo de inscripción para los cursos del Programa de Desarrollo Profesional Continuo e Innovación docente del segundo trimestre de 2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana