Medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020

 06/07/2020
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Orden de 29 de junio de 2020, por la que se modifica la Orden de Hacienda y Administración Pública, de 30 de abril de 2018, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero (BOJA de 3 de julio de 2020). Texto completo.

ORDEN DE 29 DE JUNIO DE 2020, POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, DE 30 DE ABRIL DE 2018, POR LA QUE SE DICTAN ACTOS DE EJECUCIÓN DEL DECRETO-LEY 1/2018, DE 27 DE MARZO, DE MEDIDAS PARA LA GESTIÓN DE LOS INSTRUMENTOS FINANCIEROS DEL PROGRAMA OPERATIVO FEDER ANDALUCÍA 2014-2020 Y OTRAS DE CARÁCTER FINANCIERO.

En el acuerdo decimotercero de la Orden de 30 de abril de 2018, de la Consejería, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, en la redacción dada por el acuerdo primero de la Orden de 19 de marzo de 2019, por la que se modifica dicha orden, se designan las ocho vocalías del Consejo de Inversión Financiera del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico, en cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo f) del artículo 4.2 del citado decreto-ley.

Tras la aprobación del Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se estableció una nueva organización de la Administración de la Junta de Andalucía, así como de los decretos por los que se regulan las estructuras orgánicas de las nuevas Consejerías, se modificó, mediante Orden de 19 de marzo de 2019, de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, el acuerdo decimotercero de la Orden de 30 de abril de 2018 para adaptar las vocalías del Consejo de Inversión Financiera del Fondo a la nueva estructura, composición y funciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

En este momento, teniendo en cuenta el objeto y fines del Fondo Público Andaluz para la Financiación Empresarial y el Desarrollo Económico y la previsible implementación a medio plazo de nuevos instrumentos financieros con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), por parte de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se propone la sustitución de la vocalía que desempeña la persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria por la persona titular de la Secretaría General de Fondos Europeos al Desarrollo Rural Sostenible, y ello, conforme a las competencias atribuidas a esta en el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

De conformidad con todo cuanto antecede y en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 4.2.f) del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero,

ACUERDO

Primero. Modificación de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 30 de abril de 2018, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero.

El párrafo d) del acuerdo decimotercero de la Orden de la Consejería de Hacienda y Administración Pública, de 30 de abril de 2018, por la que se dictan actos de ejecución del Decreto-ley 1/2018, de 27 de marzo, de medidas para la gestión de los instrumentos financieros del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y otras de carácter financiero, en la redacción dada por el acuerdo primero de la Orden de 19 de marzo de 2019, por la que se modifica dicha orden, queda redactado en los siguientes términos:

“d) La Secretaría General de Fondos Europeos al Desarrollo Rural Sostenible de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.”

Segundo. Efectos.

La presente modificación surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

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