EXTRACTO DE LA ORDEN 152/2020, DE 29 DE MAYO, DEL CONSEJERO DE VIVIENDA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL, POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2020 LAS SUBVENCIONES DIRIGIDAS A AYUNTAMIENTOS DESTINADAS A FINANCIAR LAS INVERSIONES NECESARIAS PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE COMPETENCIA MUNICIPAL.
BDNS: 509453
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.
Primero
Beneficiarios
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los municipios de la Comunidad de Madrid que a 1 de enero de 2019 tengan una población oficial inferior a 5.000 habitantes según la correspondiente certificación expedida por el Instituto Nacional de Estadística (INE) y que no se encuentren incursos en las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Segundo
Objeto
Financiar a los municipios de la Comunidad de Madrid los gastos de inversión que resulten necesarios para la gestión municipal que no hayan sido incluidos en la planificación plurianual de inversiones aprobada por la Comunidad de Madrid.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1019/2018, de 28 de mayo de 2018 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 126 de 28 de mayo de 2018).
Cuarto
Cuantía
La cantidad máxima que se podrá conceder a cada municipio es de 49.000,00 euros. La cuantía de las subvenciones convocadas asciende a 2.442.002,00 euros, consignados en el Subconcepto 76309 del Programa 942N de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio 2020.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
Un mes desde el día siguiente a la publicación de este extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
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