Plantilla orgánica

 25/05/2020
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Decreto Foral 34/2020, de 13 de mayo, por el que se modifica la plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos (BON de 22 de mayo de 2020). Texto completo.

DECRETO FORAL 34/2020, DE 13 DE MAYO, POR EL QUE SE MODIFICA LA PLANTILLA ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA Y SUS ORGANISMOS AUTÓNOMOS.

El Departamento de Cultura y Deporte de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra informa de la necesidad de modificar su plantilla orgánica a fin de ajustarla a las necesidades reales del mismo.

Existe informe favorable de la Dirección General de Presupuestos, Patrimonio y Política Económica del Departamento de Economía y Hacienda.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior, y de conformidad con la decisión adoptada por el Gobierno de Navarra en sesión celebrada el día trece de mayo de dos mil veinte,

DECRETO:

Artículo único.-Amortización y creación de plazas de la plantilla orgánica.

La plantilla orgánica de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se amortiza la plaza que se relaciona seguidamente, que cuenta con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEPORTE

Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana

-Una vacante de Ayudante de Almacén-Conductor, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 8452.

Dos. Se crea la plaza que se relaciona seguidamente, que cuenta con la correspondiente dotación económica en las partidas del Capítulo I del vigente Presupuesto de gastos:

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y DEPORTE

Dirección General de Cultura-Institución Príncipe de Viana

-Una vacante de Servicios Generales, de régimen funcionarial, nivel D, identificada en la plantilla orgánica con el número de plaza 10982, con destino en Cordovilla.

DISPOSICIONES FINALES

Disposición final primera.-Habilitación para el desarrollo y ejecución del decreto foral.

Se faculta al Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior para dictar las disposiciones precisas en desarrollo y ejecución de este decreto foral.

Disposición final segunda.-Entrada en vigor.

Este decreto foral entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra.

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