CUESTIÓN INTERNA DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 1231-2020, EN RELACIÓN CON EL ÚLTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 238 BIS LECRIM., EN LA REDACCIÓN DADA POR LA LEY 13/2009, DE 3 DE NOVIEMBRE.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 10 de marzo de 2020, ha acordado admitir a trámite la cuestión interna de inconstitucionalidad número 1231-2020 planteada por la Sala Primera del Tribunal Constitucional, en el recurso de amparo núm. 1880-2018, en relación con el último párrafo del artículo 238 bis LECrim., en la redacción dada por la Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por posible vulneración del artículo 24.1 CE, en conexión con el artículo 117.3 CE.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el recurso de amparo núm. 1880-2018, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, 10 de marzo de 2020.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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