CUESTIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 168-2020, EN RELACIÓN CON LA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA, APARTADO 2, DE LA LEY 1/2018, DE 22 DE FEBRERO, DE COORDINACIÓN DE LOS POLICÍAS LOCALES DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 25 de febrero actual, ha acordado admitir a trámite la cuestión de inconstitucionalidad número 168-2020 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 9 de Madrid, en el procedimiento 184-2019, en relación con la Disposición transitoria primera, apartado 2, de la Ley 1/2018 de 22 de febrero , de Coordinación de los Policías Locales de la Comunidad de Madrid, y, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10.1.c) LOTC, deferir a la Sala Primera, a la que por turno objetivo le ha correspondido, el conocimiento de la presente cuestión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 37.2 LOTC, quienes sean parte en el procedimiento 184-2019, podrán personarse ante este Tribunal dentro de los quince días siguientes a la publicación del presente edicto en el “Boletín Oficial del Estado”.
Madrid, 25 de febrero de 2020.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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