EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE 6 DE FEBRERO DE 2020, DE LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT, POR LA QUE SE CONVOCAN AYUDAS DESTINADAS A MUNICIPIOS Y ENTIDADES LOCALES MENORES DE LA COMUNITAT VALENCIANA CON POBLACIÓN QUE NO EXCEDA DE 50.000 HABITANTES, PARA FINANCIAR ACTUACIONES QUE FACILITEN LA MEJORA DE LA ACCESIBILIDAD DE LAS CASAS CONSISTORIALES Y OTROS EDIFICIOS MUNICIPALES MEDIANTE LA ELIMINACIÓN DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS.
BDNS (identif.): 496399.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones:
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)
Primero. Beneficiarios
Los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes.
Segundo. Finalidad
Convocar para el ejercicio 2020 las subvenciones destinadas a financiar los gastos de actuaciones dirigidas a la eliminación de barreras arquitectónicas necesarias para la accesibilidad de las casas consistoriales y edificios públicos destinados a tercera edad, a personas con discapacidad o diversidad funcional y a otros usos públicos que sean de propiedad municipal o cedidos por otras administraciones públicas y cuya ejecución sea con cargo al capítulo VI del presupuesto municipal.
Tercero. Bases reguladoras
Decreto 7/2018, de 12 de abril, del president de la Generalitat, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con población que no exceda de 50.000 habitantes para financiar actuaciones que faciliten la mejora de la accesibilidad de las casas consistoriales y otros edificios municipales, mediante la eliminación de barreras arquitectónicas por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones
http://www.dogv.gva.es/datos/2018/04/17/pdf/2018_3731.pdf
Cuarto. Importe
La cuantía del importe global máximo destinado a financiar esta convocatoria asciende a 4.000.000 de euros (cuatro millones de euros) con cargo al capítulo VII, línea de subvención S0712000 del programa 05.05.02.125.10, de la Dirección General de Administración Local y Organización Territorial del Consell, del presupuesto de la Generalitat para 2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.
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