Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y el Estado de Qatar

 03/05/2019
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Intercambio de Notas Verbales por el que se enmienda del Anexo del Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y el Estado de Qatar, hecho el 26 de abril de 2011, hecho en Doha el 19 y 20 de noviembre de 2014 (BOE de 2 de mayo de 2019 (BOE de 2 de mayo de 2019). Texto completo.

INTERCAMBIO DE NOTAS VERBALES POR EL QUE SE ENMIENDA DEL ANEXO DEL ACUERDO SOBRE TRANSPORTE AÉREO ENTRE EL REINO DE ESPAÑA Y EL ESTADO DE QATAR, HECHO EL 26 DE ABRIL DE 2011, HECHO EN DOHA EL 19 Y 20 DE NOVIEMBRE DE 2014.

NOTA VERBAL

Núm.: 6/18.2.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación saluda atentamente a la Embajada del Estado de Qatar en Madrid y se refiere al Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Reino de España y el Estado de Qatar, hecho en Madrid el 26 de abril de 2011.

En relación con el citado Acuerdo, este Ministerio tiene el honor de comunicar que en las consultas entre las Autoridades Aeronáuticas de España y el Estado de Qatar celebradas en Doha durante los días 19 y 20 de noviembre de 2014, acordaron la modificación del Anexo del Acuerdo de 26 de abril de 2011, cuya nueva redacción es la siguiente:

ANEXO AL ACUERDO

Cuadro de rutas

1. Ruta que puede ser explotada en ambas direcciones por las compañías aéreas designadas por España:

Puntos en España-puntos intermedios-puntos en Qatar-puntos más allá.

2. Ruta que puede ser explotada por las compañías aéreas designadas por el Estado de Qatar:

Puntos en Qatar-puntos intermedios-puntos en España y puntos más allá.

Conforme a lo establecido en el Artículo 16 del Acuerdo de 26 de abril de 2011, las modificaciones surtirán efecto después de ser confirmadas por Canje de Notas diplomáticas entre las dos Partes Contratantes. Por consiguiente, y una vez cumplidos los requisitos exigidos por el ordenamiento jurídico español, este Ministerio tiene el honor de proponer que la presente Nota y la Nota de respuesta de esa Embajada constituyan la confirmación de la modificación del Acuerdo sobre Transporte Aéreo de 26 de abril de 2011, que entrará en vigor en la fecha de su Nota de respuesta.

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación aprovecha esta oportunidad para reiterar a la Embajada del Estado de Qatar el testimonio de su más alta consideración.

Madrid, 30 de enero de 2019.

NOTA VERBAL

REF: 43/2019.

La Embajada del Estado de Qatar en Madrid saluda muy atentamente al honorable Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España, y en relación a su Nota Verbal N.° 6/18.2 del 30 de enero de 2019, relativa al Acuerdo sobre Transporte Aéreo entre el Estado de Qatar y el Reino de España, hecho en Madrid el 26 de abril de 2011, tiene el honor de informarle que las Autoridades Qataríes han completado los procedimientos internos exigidos relativos a la modificación del Acuerdo arriba mencionado.

La Embajada del Estado de Qatar en Madrid aprovecha la oportunidad para reiterar al honorable Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación del Reino de España el testimonio de su más alta y distinguida consideración.

Madrid, 28 de febrero de 2019.

El presente canje de Notas Verbales entró en vigor el 28 de febrero de 2019, según se establece en el artículo 16 del Acuerdo de 26 de abril de 2011.

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