Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas

 26/04/2019
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Orden SAN/386/2019, de 15 de abril, por la que se modifica el Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida de las personas para la Comunidad de Castilla y León (BOCYL de 25 de abril de 2019). Texto completo.

ORDEN SAN/386/2019, DE 15 DE ABRIL, POR LA QUE SE MODIFICA EL CALENDARIO OFICIAL DE VACUNACIONES SISTEMÁTICAS A LO LARGO DE LA VIDA DE LAS PERSONAS PARA LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN.

El artículo 19.2 de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública establece que corresponde a las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, impulsar acciones de prevención primaria, como la vacunación, incluida, a su vez, en el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre , por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.

Por otra parte, en el artículo 19.3 de la citada ley, se prevé que corresponde al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud acordar el calendario único de vacunas en España, sin perjuicio de que las Comunidades Autónomas puedan modificarlo por razones epidemiológicas.

En Castilla y León, la prevención de las enfermedades se configura como una actuación específica de la prestación de salud pública, conforme lo previsto en la Ley 8/2010, de 30 de agosto , de Ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y la Ley 10/2010, de 27 de septiembre , de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León, correspondiendo a la Consejería de Sanidad la organización y gestión de todos los recursos necesarios para la consecución de los objetivos que comprende las actividades específicas, como la vacunación, dirigidas a la prevención de la enfermedad.

Los calendarios vacunales experimentan con frecuencia ampliaciones y modificaciones para adaptarse a la situación epidemiológica del momento y a la aparición de nuevas vacunas o variaciones técnicas de las ya existentes, incorporando la evidencia científica disponible en cada momento.

Atendiendo a dichos parámetros, por Acuerdo del Pleno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) de 15 de noviembre de 2018, se acordó un nuevo calendario común de vacunación. Por primera vez, este calendario común se extendió a lo largo de toda la vida de la persona. Posteriormente, se aprobó el Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida de las personas para la Comunidad de Castilla y León mediante Orden SAN/1332/2018, de 30 de noviembre .

Recientemente se ha realizado una revisión de la frecuencia de la enfermedad meningocócica invasora y de la evidencia disponible sobre el funcionamiento de las diferentes vacunas existentes, que están siendo utilizadas en países de nuestro entorno en programas de Salud Pública. La Comisión de Salud Pública del CISNS acordó, entre otras medidas, en su reunión de 14 de marzo de 2019 recomendar la vacunación sistemática frente a meningitis A, C, W e Y a los 12 años (ya contemplada en la Orden SAN/1332/2018 ). En Castilla y León, adicionalmente a las medidas recomendadas en el Acuerdo de la Comisión de Salud Pública del CISNS, y tomando en consideración la evidencia disponible, de la situación epidemiológica y los condicionantes sociales existentes, se considera necesario mantener la vacunación frente a meningitis A, C, W e Y a los 12 meses, además de a los 12 años, e introducir la vacunación frente a meningitis B en los lactantes.

Como consecuencia de ello, procede modificar el Calendario de Vacunaciones Sistemáticas de Castilla y León correspondiente al año 2019, tomando en consideración la adaptación a la situación epidemiológica de la Comunidad, dando publicidad al mismo y que estará vigente a partir de la segunda mitad del presente año 2019.

En virtud de lo anteriormente expuesto, en ejercicio de las funciones establecidas en el artículo 7 letra f) de la Ley 8/2010 de 30 de agosto, de ordenación del Sistema de Salud de Castilla y León y el artículo 21 letra b) de la Ley 10/2010 de 27 de septiembre, de Salud Pública y Seguridad Alimentaria de Castilla y León y en la condición de autoridad sanitaria reconocida en el artículo 41 de la Ley 10/2010, de 27 de septiembre.

RESUELVO

Primero.- Modificar el Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida de las personas para la Comunidad de Castilla y León en los términos contenidos en el Anexo de esta orden.

Segundo.- La vacunación conforme al Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo la vida de las persona se desarrollará de acuerdo con las Instrucciones que a tal efecto dicte la Dirección General de Salud Pública en el ejercicio de las competencias de autoridad sanitaria que le corresponde, y a las que se dará publicidad a través del portal de salud (http://www.saludcastillayleon.es).

Tercero.- Para las personas incluidas en la población diana las vacunas a emplear en el Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas que se aprueba tienen carácter gratuito y su aceptación es voluntaria, si bien la Consejería de Sanidad recomienda la vacunación.

Cuarto.- El personal de enfermería administrará y registrará las vacunas del Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida a la población diana cuya vacunación se recomienda de acuerdo con las Instrucciones de la Dirección General de Salud Pública, así como con la información técnica y complementaria que dichas Instrucciones incluyan.

Quinto.- Los responsables de los centros donde se desarrolle la vacunación conforme al Calendario Oficial de Vacunaciones Sistemáticas a lo largo de la vida y el personal sanitario de los mismos colaborarán en la promoción y ejecución de dicho Calendario de acuerdo con las Instrucciones de la Dirección General de Salud Pública.

Sexto.- La presente orden producirá efectos a partir del 1 de junio de 2019.

ANEXO

CALENDARIO OFICIAL DE VACUNACIONES SISTEMÁTICAS PARA TODA LA VIDA DE CASTILLA Y LEÓN

Omitido.

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