Subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana

 25/03/2019
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Extracto de la Orden UMA/10/2019, de 11 de marzo, por la que se convocan las subvenciones para financiar las actuaciones de los Ayuntamientos en el procedimiento de evaluación ambiental de los Planes Generales de Ordenación Urbana (BOCA de 22 de marzo de 2019). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN UMA/10/2019, DE 11 DE MARZO, POR LA QUE SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES PARA FINANCIAR LAS ACTUACIONES DE LOS AYUNTAMIENTOS EN EL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL DE LOS PLANES GENERALES DE ORDENACIÓN URBANA.

BDNS (Identif.): 444430.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios

Podrán acogerse a estas ayudas los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria que procedan a elaborar o revisar sus instrumentos de planeamiento de acuerdo con la legislación vigente y cumplan con los requisitos recogidos en el Artículo 2.1 de la Orden de Convocatoria.

Segundo. Objeto

La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a conceder en régimen de concurrencia competitiva, para la elaboración de aquellos documentos y la realización de cuantos trabajos sean necesarios dentro del procedimiento de evaluación ambiental a que deben someterse los Planes Generales de Ordenación Urbana cuya elaboración o revisión esté siendo llevada a cabo por parte de los Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Tercero.- Bases reguladoras.

Orden UMA/21/2016, de 23 de junio, publicada en el Boletín Oficial de Cantabria número 129, de 5 de julio de 2016.

Cuarto.- Cuantía.

Variable en función de aplicar al coste total que justifique el Ayuntamiento, con las limitaciones en cuantía máxima establecidas en los apartados 1 y 2 del Artículo 3 de la Orden de Convocatoria, la parte proporcional acumulada de las fases de tramitación concluidas en el momento de la solicitud de ayuda, y cuyo pago haya sido practicado por el Ayuntamiento promotor del plan.

Las subvenciones para esta convocatoria tendrán una cuantía global máxima de CUARENTA MIL euros (40.000,00 euros), y se abonarán con cargo a la aplicación presupuestaria 03.05.261M.761, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2019.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación correspondiente será de 1 mes, contado a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del presente extracto de esta convocatoria.

Las solicitudes se presentarán según el modelo que fi gura como Anexo I en la Orden UMA/10/2019, de 11 de marzo, acompañadas de la documentación enumerada en el Artículo 5.1 de la citada Orden.

Sexto.- Otros datos.

Las subvenciones se tramitarán por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística, órgano directivo adscrito a la Consejería de Universidades e Investigación, Medio Ambiente y Política Social.

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