Subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de centros de información juvenil

 27/02/2019
 Compartir: 

Extracto de la Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Deporte, de 14 de febrero de 2019, por la que se convocan subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de centros de información juvenil (BOCA de 26 de febrero de 2019). Texto completo.

EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE, DE 14 DE FEBRERO DE 2019, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE INFORMACIÓN JUVENIL.

BDNS(Identif.): 440256.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.

minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones los Municipios, Mancomunidades de municipios y Entidades Locales Menores, así como otras Entidades e Instituciones de Derecho público de Cantabria, que dispongan de estructura y financiación suficientes para garantizar el funcionamiento del Centro de información juvenil.

Segundo. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto convocar subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el funcionamiento durante el año 2019 de Centros de información juvenil (Oficinas de información juvenil y Puntos de información juvenil) dependientes de los Municipios, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales Menores, así como de otras Entidades o Instituciones de Derecho público de Cantabria, que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes estén integradas en la Red Cántabra de Documentación e Información Juvenil creada por Decreto 22/1998, de 13 de marzo .

Tercero. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se rige por lo dispuesto en la Orden ECD/64/2017, de 24 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el funcionamiento de centros de información juvenil (BOC n.º 107, de 5 de junio de 2017), modificada por la Orden ECD/7/2018, de 12 de febrero (BOC n.º 39, de 23 de febrero de 2018).

Cuarto. Cuantía.

La cantidad máxima global de esta convocatoria se fija en ciento sesenta mil euros (160.000 euros).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de Cantabria.

Sexto. Otros datos.

Las solicitudes deberán presentarse en modelo oficial, debidamente selladas y firmadas por el representante legal de la entidad solicitante, acompañadas de la documentación establecida en el artículo 5 de la convocatoria regulada en la Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Deporte de 14 de febrero de 2019.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana