EXTRACTO DE LA ORDEN 388/2018, DE 17 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2018 DE SUBVENCIONES A LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA REDACCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO GENERAL, DE DESARROLLO Y SUS MODIFICACIONES.
BDNS (Identif.): 396362
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.
Primero
Beneficiarios
Municipios de la Comunidad de Madrid que hayan acordado la redacción de los instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones, y cuya población sea igual o inferior a 15.000 habitantes, según los datos actualizados del Padrón Municipal de habitantes publicado por el Instituto Nacional de Estadística.
Segundo
Objeto
Subvenciones destinadas a financiar los trabajos de redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones.
Tercero
Bases reguladoras
La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1241/2017, de 8 de junio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2017).
Cuarto
Cuantía
El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. El importe total previsto para esta convocatoria asciende a 1.114.350,00 euros.
El límite máximo de la cuantía a conceder será:
a) En el supuesto de redacción del Avance del Plan General o documento de Plan General en fase de aprobación provisional: 30.000 euros.
De tratarse de municipios que hayan sido beneficiarios de subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria realizada por Orden de esta Consejería 1399/2016, de 20 de julio, para la redacción del documento de Avance del Plan General: 35.000 euros.
b) En los restantes supuestos: 20.000 euros.
Quinto
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 17 de abril de 2018.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.