Subvenciones a los municipios de la Comunidad de Madrid para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones

 11/05/2018
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Extracto de la Orden 388/2018, de 17 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2018 de subvenciones a los municipios de la Comunidad de Madrid para la redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones (BOCAM de 10 de mayo de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 388/2018, DE 17 DE ABRIL, DE LA CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, ADMINISTRACIÓN LOCAL Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO, POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA PARA EL AÑO 2018 DE SUBVENCIONES A LOS MUNICIPIOS DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA REDACCIÓN DE INSTRUMENTOS DE PLANEAMIENTO GENERAL, DE DESARROLLO Y SUS MODIFICACIONES.

BDNS (Identif.): 396362

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la BDNS.

Primero

Beneficiarios

Municipios de la Comunidad de Madrid que hayan acordado la redacción de los instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones, y cuya población sea igual o inferior a 15.000 habitantes, según los datos actualizados del Padrón Municipal de habitantes publicado por el Instituto Nacional de Estadística.

Segundo

Objeto

Subvenciones destinadas a financiar los trabajos de redacción de instrumentos de planeamiento general, de desarrollo y sus modificaciones.

Tercero

Bases reguladoras

La presente convocatoria se regula por las bases reguladoras aprobadas por la Orden 1241/2017, de 8 de junio, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2017).

Cuarto

Cuantía

El procedimiento de concesión de las subvenciones será el de concurrencia competitiva. El importe total previsto para esta convocatoria asciende a 1.114.350,00 euros.

El límite máximo de la cuantía a conceder será:

a) En el supuesto de redacción del Avance del Plan General o documento de Plan General en fase de aprobación provisional: 30.000 euros.

De tratarse de municipios que hayan sido beneficiarios de subvenciones concedidas al amparo de la convocatoria realizada por Orden de esta Consejería 1399/2016, de 20 de julio, para la redacción del documento de Avance del Plan General: 35.000 euros.

b) En los restantes supuestos: 20.000 euros.

Quinto

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 17 de abril de 2018.

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