Subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la ejecución, ampliación y mejora de itinerarios urbanos saludables

 12/04/2018
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Extracto de la Orden de 6 de abril de 2017, de la Consejería de Educación, Juventud y Deportes, por la que se convocan subvenciones a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la ejecución, ampliación y mejora de itinerarios urbanos saludables (BORM de 11 de abril de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN DE 6 DE ABRIL DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, JUVENTUD Y DEPORTES, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA REGIÓN DE MURCIA, PARA LA EJECUCIÓN, AMPLIACIÓN Y MEJORA DE ITINERARIOS URBANOS SALUDABLES.

BDNS(Identif.):393268

“De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index), y en la página web: http://deportes.carm.es

Primero.- Beneficiarios

Podrán obtener la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en esta Orden, todos los Ayuntamientos de la Región de Murcia.

Será requisito necesario para poder obtener la condición de beneficiario de las subvenciones objeto de regulación, que el Ayuntamiento solicitante no se encuentre en ninguno de los supuestos previstos en el artículo 13 , apartados 2 y 3 , de la Ley 38/2003, General de Subvenciones cuando les resulte de aplicación.

Segundo.- Objeto

Ayudas económicas a Ayuntamientos de la Región de Murcia, para la ejecución, ampliación y mejora de itinerarios urbanos saludables.

Tendrán la consideración de gastos subvencionables las inversiones relacionadas con la ejecución, ampliación y mejora que lleven a cabo los Ayuntamientos en los itinerarios urbanos saludables.

Tercero.- Bases reguladoras

Orden de 27 de julio de 2010, de la Consejería de Cultura y Turismo, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones que se concedan en el ámbito deportivo de la Región de Murcia (BORM n.º 181 de 7 de agosto).

Cuarto.- Cuantía

El crédito disponible para atender a estas actuaciones será de 350.000 €.

La cuantía máxima a conceder por Ayuntamiento será la especificada en la memoria técnica valorada de la actuación o actuaciones que se pretendan realizar con el límite según las cifras de población del Instituto Nacional de Estadística, resultantes de la última revisión del Padrón Municipal, a fecha de publicación de la convocatoria de las ayudas que se señala a continuación:

5.000 € hasta 1.000 habitantes

7.300 € hasta 50.000 habitantes

14.400 € más de 50.000 habitantes

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

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