II convocatoria de ayudas LEADER en el marco de la EDLP en la Comarca de Las Hurdes para servicios básicos para la economía y la población rural

 27/02/2018
 Compartir: 

Extracto de las ayudas “II convocatoria de ayudas LEADER en el marco de la EDLP en la Comarca de Las Hurdes para servicios básicos para la economía y la población rural” (DOE de 26 de febrero de 2018). Texto completo.

EXTRACTO DE LAS AYUDAS “II CONVOCATORIA DE AYUDAS LEADER EN EL MARCO DE LA EDLP EN LA COMARCA DE LAS HURDES PARA SERVICIOS BÁSICOS PARA LA ECONOMÍA Y LA POBLACIÓN RURAL”.

BDNS(Identif.): 386987

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero. Objeto.

Se convocan dentro del Decreto 184/2016, de 22 de noviembre , por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020, la línea de ayuda dentro de la Submedida 19.2. Apoyo para la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo correspondientes a ‘Servicios básicos para la economía y la población rural’.

La convocatoria será de aplicación en el ámbito geográfico de la comarca de Las Hurdes (Extremadura): Casar de Palomero, Casares de Las Hurdes, Caminomorisco, Ladrillar, Nuñomoral, Pinofranqueado y la Entidad Local Menor de Azabal.

El sistema de ayudas en el marco del eje LEADER tiene como finalidad la aplicación de estrategias innovadoras mediante la metodología LEADER, contribuyendo de esta manera al desarrollo sostenible a largo plazo de los territorios rurales, además de contribuir a la mejora de la gobernanza y movilización del potencial de desarrollo endógeno de las zonas rurales.

Segundo. Beneficiarios.

Tendrán la consideración de beneficiarios las Entidades locales y mancomunidades de municipios que promuevan proyectos no productivos que tengan por objeto la prestación de servicios básicos para la economía y la población rural.

Tercero. Bases reguladoras.

Decreto 184/2016, de 22 de noviembre , por el que se regula el sistema de ayudas bajo la metodología LEADER y el procedimiento de gestión, para el periodo de programación de desarrollo rural 2014-2020.

Cuarto. Cuantía.

Para la convocatoria de las ayudas indicadas, se destinará un montante de 55.000 euros, que se abonarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria 12.03.314A.789, de acuerdo con las disponibilidades de crédito consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma, en el Proyecto de Gasto 2016120030022. Se podrá subvencionar hasta el 100 % de la inversión auxiliable y con el límite máximo de 12.000 euros por proyecto.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Quince días contados a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  8. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana