DECRETO 15/2017, DE 30 DE JUNIO, DE LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS, POR EL QUE SE MODIFICA EL DECRETO 24/2015, DE 7 DE AGOSTO, DE LA PRESIDENTA DE LAS ILLES BALEARS, POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS COMPETENCIAS Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA BÁSICA DE LAS CONSEJERÍAS DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ILLES BALEARS
El Decreto 24/2015, de 7 de agosto , de la presidenta de las Illes Balears, establece las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Este decreto se ha visto afectado por el Decreto 1/2016, de 16 de febrero, de la presidenta de las Illes Balears; por el Decreto 5/2016, de 6 de abril, de la presidenta de las Illes Balears; por el Decreto 11/2016, de 11 de mayo, de la presidenta de las Illes Balears; por el Decreto 3/2017, de 20 de marzo, de la presidenta de las Illes Balears, y por el Decreto 9/2017, de 7 de abril, de la presidenta de las Illes Balears.
Se considera conveniente introducir algunas modificaciones en el Decreto 24/2015 para mejorar la delimitación material de las competencias asignadas a determinadas consejerías.
Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11 c) y 38.3 a) de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears, y en los artículos 5 y 8 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, dicto el siguiente
DECRETO
Artículo único
Modificación del Decreto 24/2015, de 7 de agosto , de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears
1. Se modifica la letra e) del apartado 2 del artículo 2 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que queda redactada de la siguiente manera:
e) Dirección General de Transparencia y Buen Gobierno: coordinación interdepartamental de medidas para impulsar la transparencia y el buen gobierno en la Administración; simplificación y racionalización de los procesos administrativos; coordinación y ordenación de los registros administrativos, incluidos los telemáticos; reconocimiento y análisis de la demanda y percepción de los usuarios y la ciudadanía; modernización y calidad de los servicios públicos, atención e información ciudadana; coordinación y gestión de la implantación de un sistema de gestión éticamente y socialmente responsable asumiendo el Sistema Balear de Responsabilidad Social Corporativa y de Empresas.
Asimismo, se adscribe a la Consejería de Presidencia la Oficina de Evaluación Pública de las Illes Balears.
2. Se dispone que quede sin contenido la letra d) del apartado 2 del artículo 3 del Decreto 24/2015, de 7 de agosto, de la presidenta de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
Disposición final única
Este decreto entrará en vigor a partir del momento de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
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