Recurso de inconstitucionalidad n.º 2557-2017

 14/06/2017
 Compartir: 

Recurso de inconstitucionalidad n.º 2557-2017, contra el artículo 3 por el que se da nueva redacción a los artículos 621-1 a 621-54 (contrato de compraventa), y a los artículos 621-56 y 621-57 (contrato de permuta) del libro sexto del Código civil de Cataluña; artículo 4, por el que se da nueva redacción a los artículos 622-21 a 622-42 del Código civil de Cataluña; contra el artículo 9, en tanto que introduce una disposición transitoria primera en el libro sexto del Código civil de Cataluña, de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto (BOE de 14 de junio de 2017). Texto completo.

RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 2557-2017, CONTRA EL ARTÍCULO 3 POR EL QUE SE DA NUEVA REDACCIÓN A LOS ARTÍCULOS 621-1 A 621-54 (CONTRATO DE COMPRAVENTA), Y A LOS ARTÍCULOS 621-56 Y 621-57 (CONTRATO DE PERMUTA) DEL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA; ARTÍCULO 4, POR EL QUE SE DA NUEVA REDACCIÓN A LOS ARTÍCULOS 622-21 A 622-42 DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA; CONTRA EL ARTÍCULO 9, EN TANTO QUE INTRODUCE UNA DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA EN EL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA, DE LA LEY 3/2017, DE 15 DE FEBRERO, DEL LIBRO SEXTO DEL CÓDIGO CIVIL DE CATALUÑA, RELATIVO A LAS OBLIGACIONES Y LOS CONTRATOS, Y DE MODIFICACIÓN DE LOS LIBROS PRIMERO, SEGUNDO, TERCERO, CUARTO Y QUINTO.

El Pleno del Tribunal Constitucional, por providencia de 6 de junio actual, ha acordado admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad núm. 2557-2017, promovido por el Presidente del Gobierno, contra el artículo 3 por el que se da nueva redacción a los artículos 621-1 a 621-54 (contrato de compraventa), y a los artículos 621-56 y 621-57 (contrato de permuta) del libro sexto del Código civil de Cataluña; artículo 4, por el que se da nueva redacción a los artículos 622-21 a 622-42 del Código civil de Cataluña; contra el artículo 9, en tanto que introduce una disposición transitoria primera en el libro sexto del Código civil de Cataluña, de la Ley 3/2017, de 15 de febrero , del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, y de modificación de los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto. Y se hace constar que por el Presidente del Gobierno se ha invocado el artículo 161.2 de la Constitución, lo que produce la suspensión de la vigencia y aplicación de los preceptos impugnados desde la fecha de interposición del recurso -22 de mayo de 2017-, para las partes del proceso, y desde la publicación del correspondiente edicto en el “Boletín Oficial del Estado” para los terceros.

Madrid, 6 de junio de 2017.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:

 

Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No está permitido verter comentarios contrarios a las leyes españolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana