RESOLUCIÓN DE 25 DE MAYO DE 2017, DE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN Y EMPLEO, POR LA QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA ENTIDADES LOCALES MUNICIPALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA RIOJA PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LAS ESCUELAS MUNICIPALES DE MÚSICA EN EL CURSO ESCOLAR 2016/2017 (EXTRACTO)
BDNS: 348177
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans)
Primero.- Beneficiarios: las Entidades Locales Municipales de la Comunidad Autónoma de La Rioja que sean titulares de Escuelas Municipales de Música, que estén constituidas de acuerdo a la legislación vigente e inscritas en el Registro correspondiente.
Segundo.- Objeto: subvenciones para la financiación parcial de los gastos generales de las Escuelas Municipales de Música de la Comunidad Autónoma de La Rioja, que estén constituidas de acuerdo a la legislación vigente e inscritas en el Registro correspondiente, que se lleven a cabo en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2016 y el 31 de agosto de 2017.
Tercero.- Orden 3/2007, de 7 de febrero de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de promoción educativa (BOR n.º 22, de 15 de febrero).
Cuarto.- Cuantía de las subvenciones: Importe total: 27.000 euros. Importe máximo por beneficiario: 4.500 euros y nunca podrá ser superior al coste de los gastos de funcionamiento de la Escuela Municipal de Música.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes: doce días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de La Rioja.
Sexto.- Otros datos de interés:
Solicitudes: se presentarán por vía telemática: (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=11128)
Documentación: la prevista en la base tercera de la Resolución de convocatoria.
Forma de pago: para la percepción de la ayuda económica concedida, las entidades beneficiarias deberán presentar la justificación económica de los gastos ocasionados en la realización de cada una de las actividades subvencionadas.
Plazo de justificación: Según lo previsto en la base octava de la convocatoria será el 6 de octubre de 2017.
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