DECRETO 11/2017, DE 9 DE MARZO, POR EL QUE SE APRUEBA LA DISOLUCIÓN DE LA ENTIDAD LOCAL MENOR DE ACEREDA, PERTENECIENTE AL MUNICIPIO DE SANTIURDE DE TORANZO.
El Pleno del Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo, en sesión extraordinaria celebrada el día 18 de diciembre de 2015, acuerda por mayoría absoluta del número legal de miembros que integran la corporación municipal, iniciar expediente de disolución de la Entidad Local Menor de Acereda al amparo de lo establecido en el artículo 19 de la Ley de Cantabria 6/1994, de 19 de mayo, reguladora de las Entidades Locales Menores de Cantabria, que prevé la iniciación de ofi cio, por parte del Ayuntamiento, del procedimiento de disolución de aquellas Entidades Locales Menores cuyos cargos de gobierno no pudieran renovarse por falta de candidaturas.
Fue sometido a información pública por plazo de un mes, mediante anuncio publicado en el Boletín Ofi cial de Cantabria número 1, de fecha 4 de enero de 2016. Durante dicho periodo no se presentó ninguna alegación.
Por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 15 de abril de 2016, se adoptó acuerdo, por mayoría absoluta, de solicitar al Consejo de Gobierno de Cantabria la disolución de la Entidad Local Menor de Acereda, proponiendo como forma de administración, para los bienes comunales de titularidad de la Entidad Local Menor, que los mismos se administren como hasta la fecha, subrogándose el Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo en todo lo relativo a dicha Entidad y, en cuanto al resto de los bienes, el Ayuntamiento sucederá a la Entidad Local Menor como titular de los mismos.
La disolución de Entidades Locales Menores se encuentra prevista en los artículos 27 y 28 de la Ley de Cantabria 6/1994, de 19 de mayo, Reguladora de las Entidades Locales Menores y en los artículos 44 y 45 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, Texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.
El expediente se ha tramitado con sujeción a los preceptos legales citados y en el mismo se acredita que en la Entidad Local Menor de Acereda, concurre el requisito de que cuando después de celebradas elecciones locales hubieren quedado sin cubrir los órganos rectores de la Entidad por falta de candidaturas, por lo que se da la circunstancia prevista en el apartado c) del artículo 28.1 de la Ley de Cantabria 6/1994, de 19 de mayo, por el Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo se remite el expediente para su aprobación al Gobierno de Cantabria, el cual solicita dictamen del Consejo de Estado, quien lo emite en sentido favorable con fecha 24 de noviembre de 2016.
En su virtud, y a propuesta del Excmo. Sr. Consejero de Presidencia y Justicia, vistos los informes favorables emitidos y de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 9 de marzo de 2017, DISPONGO
Artículo único.- Se aprueba la disolución de la Entidad Local Menor de Acereda, perteneciente al municipio de Santiurde de Toranzo, de acuerdo con la legislación vigente, estableciendo respecto al monte de utilidad pública número 383 bis) del C.U.P. denominado "Cagigal y Tromeda", de titularidad de la citada Entidad Local Menor, que se administre por el Ayunta- miento de Santiurde de Toranzo en los términos establecidos por el Consejo de Estado, y en cuanto al resto de los bienes, el Ayuntamiento sucederá a la Entidad Local Menor como titular de los mismos, en la forma acordada por el Pleno de la Corporación en sesión ordinaria de 15 de abril de 2016.
El señor alcalde del Ayuntamiento de Santiurde de Toranzo deberá comunicar la disolución de la citada Entidad Local Menor al Registro de Entidades Locales regulado por el Real Decreto 382/1986, de 10 de febrero , tal y como dispone el artículo 2 del mismo.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el BOC.
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