RESOLUCIÓN DE 22/02/2017, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE TRIBUTOS Y ORDENACIÓN DEL JUEGO, MEDIANTE LA QUE SE MODIFICA EL ANEXO I.A DE LA ORDEN DE 17/12/2014, DE LA CONSEJERÍA DE HACIENDA, POR LA QUE SE REGULA EL REGISTRO ELECTRÓNICO TRIBUTARIO.
La Orden de 16/02/2017 de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se aprueban los modelos de resguardo de constitución de depósitos y garantías en la Caja General de Depósitos de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y se establece el procedimiento para su constitución, recoge en su artículo 4 la posibilidad de que la constitución de depósitos y garantías en metálico pueda realizarse mediante pago electrónico y presentación telemática, ajustándose a la regulación de la presentación y pago de las autoliquidaciones tributarias.
La regulación relativa a la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias, contenida en la Orden de 17/12/2014, establece que el Registro Electrónico Tributario será único para la recepción y salida de los documentos electrónicos tributarios o recaudatorios, incluidos en el anexo I de esta norma, dentro de los que no está el modelo 801 recogido en la norma recientemente aprobada.
Para la aplicación de la presentación telemática tributaria al modelo 801, se hace precisa la modificación del anexo I.A de la Orden de 17/12/2014 con el fin de incluir el documento 801 dentro del ámbito de aplicación del Registro Electrónico Tributario.
La disposición final primera de la Orden de 17/12/2014 faculta a la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para dictar las normas necesarias para el desarrollo de la misma, así como para la modificación de sus anexos.
Por todo ello, de conformidad con las competencias reconocidas en el artículo 7 del Decreto 82/2015, de 14/07/2015, por el que se establece la estructura orgánica y competencias de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
Dispongo:
Primero. Modificar el anexo I.A de la Orden de 17/12/2014, de la Consejería de Hacienda, por la que se regula el Registro Electrónico Tributario, referente a la Relación de documentos administrativos que pueden presentarse a través del Registro Electrónico Tributario, sustituyéndolo por el que se recoge a continuación.
Segundo. La presente resolución será de aplicación a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
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