RESOLUCIÓN 20/2016, DE 11 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO, POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DE LAS DIRECTRICES Y MEDIDAS DE GESTIÓN DE LA ZONA ESPECIAL DE CONSERVACIÓN (ZEC) EMBALSES DEL SISTEMA DEL ZADORRA
El artículo 22.5 del Decreto Legislativo 1/2014, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Conservación de la Naturaleza del País Vasco, establece que los decretos de declaración de zonas especiales de conservación (ZEC) y de zonas de especial protección para las aves (ZEPA) contemplarán las normas elaboradas por el Gobierno Vasco para la conservación de los mismos, el cual ordenará publicar como anexo las directrices de gestión de espacio aprobadas por los respectivos órganos forales de los territorios históricos.
En este sentido, el Gobierno Vasco designó el lugar Embalses del sistema del Zadorra Zona Especial de Conservación (ZEC) por Decreto 120/2015, de 30 de junio, estableciendo en su artículo 3.3 y en su disposición final primera la competencia del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento para publicar, como anexo al Decreto, las directrices y medidas de gestión aprobadas por las Diputaciones Forales de Álava y de Bizkaia.
En consecuencia, habiéndose aprobado por la Diputación Foral de Álava y la Diputación Foral de Bizkaia, mediante Acuerdos de sus respectivos Consejos de Diputados de fecha 1 de marzo de 2016, la incorporación del documento de Directrices y Medidas de Gestión de la Zona Especial de Conservación Embalses del sistema del Zadorra, y su publicación como anexo al Decreto 120/2015, de 30 de junio.
RESUELVO:
Artículo único.- Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco, como anexo III al Decreto 120/2015, de 30 de junio, las Directrices y Medidas de Gestión de la Zona Especial de Conservación Embalses del sistema del Zadorra, aprobadas por los Consejos de Diputados de las Diputaciones Forales de Álava y Bizkaia el 1 de marzo de 2016.
ANEXOS OMITIDOS
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