Modificación del Reglamento del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores

 30/03/2016
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Decreto 29/2016, de 16 de marzo, del Consell, por el que se modifica el Reglamento del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Generalitat, aprobado mediante Decreto 72/2005, de 8 de abril, del Consell (DOCV de 29 de marzo de 2016). Texto completo.

DECRETO 29/2016, DE 16 DE MARZO, DEL CONSELL, POR EL QUE SE MODIFICA EL REGLAMENTO DEL CUERPO SUPERIOR DE INTERVENTORES Y AUDITORES DE LA GENERALITAT, APROBADO MEDIANTE DECRETO 72/2005, DE 8 DE ABRIL, DEL CONSELL

La estructura orgánica y funcional de la Intervención General se encuentra regulada en el Decreto 72/2005, de 8 de abril , del Consell, por el que se aprueba el Reglamento del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Generalitat. Inicialmente, las viceintervenciones generales que conformaban la estructura central de la Intervención General eran la Viceintervención General de Función Interventora, la Viceintervención General de Auditorías, la Viceintervención General de Contabilidad Pública y la Viceintervención General para la Administración Sanitaria.

Mediante el Decreto 196/2011, de 23 de diciembre, del Consell, de modificación del Decreto 72/2005 citado, se creó la Viceintervención General de Control Financiero. El motivo fue crear una unidad especial dedicada específicamente a programar controles de carácter financiero en todos aquellos órganos y áreas de gestión donde se haya podido constatar bien desajustes importantes de orden presupuestario no suficientemente justificados, bien debilidades en la gestión que precisen de un pronunciamiento sobre la eficacia, eficiencia y economía de la misma.

Sin embargo, tras la puesta en funcionamiento de la nueva estructura organizativa y la evolución de las necesidades de control respecto de los fondos procedentes de la Unión Europea, se ha puesto de manifiesto la necesidad de una revisión de la estructura y funciones asignadas a la Viceintervención General de Auditorías y a la Viceintervención General de Control Financiero.

Por otra parte, la entrada en vigor de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril , de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y del Real Decreto Ley 21/2012, de 13 de julio, de medidas de liquidez de las administraciones públicas y en el ámbito financiero, así como la adhesión de la Comunitat Valenciana a los distintos mecanismos extraordinarios de financiación, han supuesto un incremento muy significativo en la carga de trabajo de la Viceintervención General de Contabilidad, debido fundamentalmente a que se establecen obligaciones periódicas de remisión de información.

Por todo lo expuesto, se considera necesario, en primer lugar, asignar todas las funciones relativas al control de las empresas públicas, entes públicos no administrativos, universidades y de los destinatarios de beneficios otorgados por la Generalitat, a la Viceintervención General de Control Financiero; y en segundo lugar, añadir una nueva función a la Viceintervención General de Contabilidad, consistente en remitir a la Administración del Estado cualquier información relativa al cumplimiento, por el sector público de la Generalitat, de la normativa sobre estabilidad presupuestaria, siempre que esta última atribuya dicha competencia a la Intervención General.

Por todo ello, de conformidad con lo establecido en la Ley 5/1983, de 30 de diciembre , del Consell, a propuesta del conseller de Hacienda y Modelo Económico, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 16 de marzo de 2016, DECRETO Artículo único. Modificación del Reglamento del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Generalitat, aprobado mediante el Decreto 72/2005, de 8 de abril , del Consell Se modifican los artículos 2 y 3 del Reglamento del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores de la Generalitat, aprobado mediante el Decreto 72/2005, de 8 de abril , del Consell, en el que se establece la estructura orgánica y funcional de la Intervención, que quedan redactados en la forma reseñada en el anexo a este decreto.

DISPOSICIÓN ADICIONAL Única. De la modificación del Decreto 167/2015, de 2 de octubre, del Consell, por el que se regula la composición, competencias y funcionamiento de la Comisión Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Económicos Se suprime la letra l del apartado 1 del artículo 3 del Decreto 167/2015, de 2 de octubre, del Consell, por el que se regula la composición, competencias y funcionamiento de la Comisión Delegada del Consell de Hacienda y Asuntos Económicos.

DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.

ANEXO OMITIDO

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