RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD N.º 6022-2015, CONTRA EL DECRETO-LEY 3/2015, DE 24 DE JULIO, DEL CONSELL DE LA GENERALITAT VALENCIANA, POR EL QUE SE REGULA EL ACCESO UNIVERSAL A LA ATENCIÓN SANITARIA EN LA COMUNITAT VALENCIANA.
El Pleno del Tribunal Constitucional, por auto de 1 de marzo actual, en el recurso de inconstitucionalidad número 6022-2015, promovido por el Abogado del Estado, en representación del Presidente del Gobierno, ha acordado levantar la suspensión del Decreto-ley 3/2015, de 24 de julio, del Consell de la Generalitat Valenciana, por el que se regula el acceso universal a la atención sanitaria en la Comunitat Valenciana, en su integridad, salvo lo dispuesto en relación con las prestaciones farmacéuticas en el artículo 4.1, que se levantará en los términos expuestos en el fundamento jurídico 5 in fine. Suspensión que se produjo con la admisión del mencionado recurso de inconstitucionalidad y que fue publicada en el Boletín Oficial del Estado número 265, de 5 de noviembre de 2015.
Madrid, 1 de marzo de 2016.-La Secretaria de Justicia del Pleno del Tribunal Constitucional, Herminia Palencia Guerra.
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