Subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas

 19/02/2016
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Orden de 9 de febrero de 2016, por la que se da publicidad al incremento del crédito disponible para la convocatoria 2015 de las subvenciones reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011 (BOJA de 18 de febrero de 2016). Texto completo.

ORDEN DE 9 DE FEBRERO DE 2016, POR LA QUE SE DA PUBLICIDAD AL INCREMENTO DEL CRÉDITO DISPONIBLE PARA LA CONVOCATORIA 2015 DE LAS SUBVENCIONES REGULADAS EN LA ORDEN DE 5 DE DICIEMBRE DE 2012, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS AL FOMENTO DE LAS RAZAS AUTÓCTONAS ESPAÑOLAS EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA, REGULADAS EN EL REAL DECRETO 1625/2011.

La Orden de 29 diciembre de 2014 establece la convocatoria para el año 2015 de las ayudas reguladas en la Orden de 5 de diciembre de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas en la Comunidad Autónoma de Andalucía, reguladas en el Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre .

En el apartado sexto de la citada Orden se indica una disponibilidad presupuestaria para la convocatoria de 50.339,87 euros, pudiéndose incrementar según las disponibilidades presupuestarias, que se deriven de los acuerdos que se adopten en el seno de la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, y por tanto al amparo del artículo 10.d) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo , que prevé la posibilidad de incrementar el crédito máximo disponible con una cuantía adicional, todo ello con anterioridad a que se dicte la resolución de concesión y sin necesidad de una nueva convocatoria.

En su virtud, y de conformidad con lo establecido en el artículo 58.5 del Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre , General de Subvenciones,

RESUELVO

Dar publicidad, con carácter previo a la resolución de concesión y en los mismos medios que la convocatoria, al incremento de crédito disponible por una cuantía adicional de doscientos diecisiete mil cien euros (217.100 euros), con cargo a la partidas presupuestarias 1900180000G/71B/78206/00, sin que tal publicidad lleve aparejado la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes, ni para notificar la resolución correspondiente.

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