Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real Galiana

 04/01/2016
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Decreto 243/2015, de 29 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real Galiana (BOCAM de 30 de diciembre de 2015). Texto completo.

DECRETO 243/2015, DE 29 DE DICIEMBRE, DEL CONSEJO DE GOBIERNO, POR EL QUE SE CREA EL COMISIONADO DEL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA CAÑADA REAL GALIANA.

La Cañada Real Galiana es una “Ciudad lineal”, no planificada, compuesta por edificaciones irregulares de muy distinta naturaleza y de carácter estable, pero con una gran diversidad económica, social, constructiva y cultural.

Se trata, por consiguiente, de un gran espacio con grandes contrastes y donde, con el paso del tiempo, ha ido surgiendo una mayor conflictividad con la llegada de nuevos colectivos.

Por ello, la Asamblea de Madrid aprobó la Ley 2/2011, de 15 de marzo , de la Cañada Real Galiana. Esta Ley tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a la citada Cañada Real Galiana a su paso por los términos municipales de Coslada, Madrid y Rivas-Vaciamadrid (artículo 1.1).

La disposición adicional primera de la citada Ley preveía que las Administraciones con competencia en la materia podían acordar los mecanismos e instrumentos de colaboración y cooperación que fueran necesarios para llevar a cabo un acuerdo marco para resolver todas las cuestiones derivadas de la ocupación, desafectación y destino de los terrenos de la Cañada Real Galiana objeto de dicha Ley, dando en todo el proceso participación a los afectados debidamente representados por asociaciones acreditadas.

En consecuencia, con fecha de 30 de abril de 2014 se firmó el Acuerdo Marco Social entre la Comunidad de Madrid, el Ayuntamiento de Madrid, el Ayuntamiento de Coslada y el Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid, con la finalidad de establecer los objetivos y pautas de actuación comunes a las distintas Administraciones Públicas firmantes de dicho Acuerdo, en relación a las materias de seguridad, urbanística, vivienda, social y jurídico-civil.

Con el objetivo de fomentar la interlocución y coordinación entre las diferentes Administraciones y entidades implicadas en el proyecto de la Cañada Real Galiana, de forma que se pueda continuar impulsando las medidas necesarias para favorecer su transformación urbanística y la integración social de sus vecinos, se crea la figura del Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid en la Cañada Real Galiana, adscrito a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, mediante la inclusión de una disposición adicional al Decreto 192/2015, de 4 de agosto , del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de diciembre de 2015,

DISPONE

Artículo 1

Creación del Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid en la Cañada Real Galiana

Se añade al Decreto 192/2015, de 4 de agosto , del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, una disposición adicional cuarta con el siguiente tenor literal:

“Cuarta. Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid en la Cañada Real Galiana.

1. Se crea, con rango de alto cargo, el Comisionado del Gobierno de la Comunidad de Madrid para la Cañada Real Galiana, adscrito al Consejero de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno.

2. Serán funciones del Comisionado la interlocución entre las distintas Administraciones y Entidades implicadas, así como coordinar todas las acciones y la puesta en marcha de los planes de intervención en materia social, urbanística, de vivienda y jurídica que se deberán llevar a cabo en la zona para normalizarla y reorganizarla.

3. La Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno dotará al Comisionado de los medios necesarios para el correcto desempeño de sus funciones”.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 29 de diciembre de 2015.

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