TERMINACIÓN DEL CONVENIO ENTRE ESPAÑA Y LA REPÚBLICA DE AUSTRIA SOBRE ASISTENCIA MUTUA ADMINISTRATIVA EN MATERIA DE ADUANAS, HECHO EN MADRID EL 12 DE FEBRERO DE 1982.
Mediante el intercambio de Notas Verbales de 30 de junio de 2015, la de Austria, y 3 de julio de 2015, la de España, ambas Partes coinciden en considerar terminado el Acuerdo entre España y la República de Austria sobre Asistencia Mutua Administrativa en Materia de Aduanas, hecho en Madrid el 12 de febrero de 1982, según lo establecido en el artículo 59.1.a de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, por la adopción del Reglamento (CE) número 515/97 del Consejo de 13 de marzo de 1997 relativo a la asistencia mutua entre las autoridades administrativas de los Estados miembros y a la colaboración entre éstas y la Comisión con objeto de asegurar la correcta aplicación de las reglamentaciones aduanera y agraria, sobre la base del artículo K.3 del Tratado de la Unión Europea, relativo a la asistencia mutua y la cooperación entre las administraciones aduaneras.
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