DECRETO 9/2015, DE 30 DE JUNIO, DEL PRESIDENT DE LA GENERALITAT, POR EL QUE DETERMINA LAS SECRETARÍAS AUTONÓMICAS EN QUE SE ESTRUCTURA LA PRESIDENCIA DE LA GENERALITAT Y LAS CONSELLERIAS
De conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 12.1.b de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell,
DECRETO
Artículo único
La Presidencia de la Generalitat, la Vicepresidencia del Consell y las consellerias dispondrán de los siguientes órganos superiores:
Presidencia de la Generalitat
- Gabinete del President.
- Secretaría Autonómica de Presidencia.
- Secretaría Autonómica de Comunicación.
- Agència Valenciana del Turisme.
Vicepresidencia, Portavoz del Consell y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas
- Secretaría Autonómica de Servicios Sociales y Autonomía Personal.
- Secretaría Autonómica de Inclusión y de la Agencia Valenciana de la Igualdad.
Conselleria de Hacienda y Modelo Económico
- Secretaría Autonómica de Modelo Económico y Financiación.
- Secretaría Autonómica de Hacienda.
Conselleria de Justicia, Administración Pública, Reformas Democráticas y Libertades Públicas
- Secretaría Autonómica de Justicia, Reformas Democráticas y Libertades Públicas.
Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte
- Secretaría Autonómica de Educación e Investigación.
- Secretaría Autonómica de Cultura y Deporte.
Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública
- Secretaría Autonómica de Salud Publica y del Sistema Sanitario Público.
Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo
- Secretaría Autonómica de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo.
Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural
- Secretaría Autonómica de Agricultura y Desarrollo Rural.
- Secretaría Autonómica de Medio Ambiente y Cambio Climático.
Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio
- Secretaría Autonómica de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio.
Conselleria de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación
- Secretaría Autonómica de Transparencia, Responsabilidad Social, Participación y Cooperación.
DISPOSICIÓN FINAL Única. Entrada en vigor.
El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.
Noticia aún sin comentar.
Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su email y contraseña:
Si desea registrase en la Administración al Día y poder escribir un comentario, puede hacerlo a través el siguiente enlace: Registrarme en La Administración al Día.