El Gobierno de Navarra aprueba el Decreto-Ley Foral de medidas extraordinarias para continuar reduciendo la temporalidad

 08/05/2025
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El Ejecutivo de Navarra ha aprobado el Decreto-Ley Foral de medidas extraordinarias y urgentes en materia de personal para la reduccin de la temporalidad en las Administraciones pblicas de Navarra. Entre otras, el Decreto-Ley Foral, negociado en Mesa General con los sindicatos, establece un periodo mnimo de permanencia de dos aos en la plaza obtenida en un procedimiento selectivo de ingreso antes de poder acceder a una excedencia voluntaria, la simplificacin administrativa en los procesos selectivos y de provisin y mejoras en las modalidades de ingreso en Salud para incentivar la ocupacin de plazas de difcil cobertura.

Navarra.es 07.05.25

La consejera de Interior, Funcin Pblica y Justicia, Amparo Lpez, ha explicado que la reduccin de la temporalidad en el empleo pblico “es una de las grandes lneas estratgicas del Departamento”, un mbito de trabajo en el que, gracias a los procesos extraordinarios de estabilizacin, se ha logrado reducir un 62% en la Administracin foral en los tres ltimos años, pasando del 43% al 16%.

“Queremos seguir avanzando en esa lnea para situar esa temporalidad por debajo del 8% y por ello presentamos ahora esta batera de medidas”, ha explicado en referencia a una norma que introduce novedades en procedimientos selectivos y de provisin, as como de las situaciones administrativas, contribuyendo a la reduccin de la temporalidad.

En relacin con el rgimen de excedencias voluntarias se introducen distintas modificaciones. Por un lado, se establece un periodo mnimo de permanencia de dos años en la plaza obtenida en un procedimiento selectivo de ingreso antes de solicitar una excedencia voluntaria. Esta modificacin, que se introduce por un periodo de dos años desde la entrada en vigor de este Decreto-Ley Foral, pretende asegurar el desempeño efectivo en la plaza adquirida en el proceso selectivo en el que se ha participado durante un periodo mnimo de tiempo. Asimismo, en el supuesto de la concesin de la excedencia voluntaria para prestar servicios en otra Administracin Pblica, adems de la permanencia de dos años, se restringe al supuesto de que los servicios en la administracin de destino tengan carcter fijo. No obstante, se excepta de lo anterior a las Entidades Locales de Navarra. Adems, por lo que al reingreso se refiere, se prev la incorporacin con fecha cierta y con ocasin de vacante dotada presupuestariamente y no incluida en un proceso selectivo.

Tambin se adoptan medidas de simplificacin administrativa en los procesos selectivos de ingreso y concurso de traslados, al tenerse en cuenta la proliferacin y eficiencia de la tramitacin electrnica de estos procedimientos, la necesidad de agilizarlos y la experiencia derivada de los procesos de estabilizacin. As, para agilizar la cobertura de definitiva de las plazas incluidas en las OPEs pendientes de ejecucin -2022, 2023, 2024 y OPE parcial de 2025- se reducen los plazos de estos procesos selectivos. Tambin se sustituye la publicacin de los actos de trmite en el Boletn Oficial de Navarra (BON) por la publicacin a travs de las fichas web, lo que permite agilizar los procedimientos para la cobertura de vacantes ocupadas por personal temporal.

En la misma lnea, en los concursos de traslado, para agilizar an ms la celeridad de su resolucin, se valorar nicamente la antigüedad en el puesto de trabajo y los idiomas, datos que en general posee la Administracin o que implican aportar poca documentacin.

Por ltimo, se introduce una aclaracin normativa en el artculo 88 del Decreto Foral Legislativo 251/1993, de 30 de agosto, para precisar que el personal contratado en rgimen administrativo podr permanecer en la plaza que ocupe temporalmente siempre que se haya publicado un procedimiento encaminado a la cobertura definitiva de la vacante, ya sea de ingreso o de provisin, dentro del plazo de los tres años a contar desde la fecha de la contratacin.

Medidas en el Servicio Navarro de Salud – Osasunbidea

Por otra parte, el Decreto-Ley Foral supone tambin la implantacin de medidas en el Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea para hacer frente al dficit de profesionales en algunas categoras.

En este sentido, se aborda la modificacin de la Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, reguladora del rgimen especfico del personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, permitiendo aplicar el sistema de oposicin para facilitar el acceso de personas con menor antigüedad a plazas desocupadas en el mbito sanitario en los trminos previstos en la norma.

Asimismo, se modifica el artculo 29.3 de la citada Ley Foral 11/1992, de 20 de octubre, para introducir, respecto al personal adscrito al Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea, la misma aclaracin normativa que la establecida con carcter general para todo el personal de las Administraciones Pblicas de Navarra en el artculo 88 del Texto Refundido.

Adems, para agilizar la resolucin de los concursos de traslado, se establece durante dos años una nueva regulacin temporal en los mismos trminos que lo dispuesto para el personal al servicio de las Administraciones Pblicas de Navarra.

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