Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable

 25/03/2025
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Decreto 4/2025, de 20 de marzo, por el que se regula la composicin, organizacin y funcionamiento de la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len (BOCYL de 24 de marzo de 2025). Texto completo.

DECRETO 4/2025, DE 20 DE MARZO, POR EL QUE SE REGULA LA COMPOSICIN, ORGANIZACIN Y FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIN TCNICA DE COORDINACIN DEL JUEGO RESPONSABLE DE CASTILLA Y LEN.

En virtud de la competencia exclusiva en materia de casinos, juegos y apuestas que el artculo 70.1.27 del Estatuto de Autonoma de Castilla y Len atribuye a la Comunidad de Castilla y Len, se aprob la Ley 4/1998, de 24 de junio #(002604)#, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y Len, que es la norma legal autonmica reguladora de la materia.

La Ley 4/1998, de 24 de junio #(002604)#, aborda de una manera global y sistemtica la actividad del juego y de las apuestas, estableciendo las reglas bsicas sobre las que debe sentarse la ordenacin de estas actividades y prev el ulterior desarrollo reglamentario.

El desarrollo de las polticas del juego responsable llev a modificar la citada Ley, en cuyo artculo 28.bis se crea una Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable como rgano colegiado encargado de coordinar la poltica de la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len en materia del juego responsable, disponiendo que por va reglamentaria se determinar su composicin, organizacin y funcionamiento.

Por otro lado, esta Comisin tiene como misin fundamental la elaboracin y el seguimiento de la Estrategia de Prevencin y Tratamiento del Juego Patolgico.

El presente Decreto pretende dar cumplimiento a la previsin legal y regular las peculiaridades de la composicin, organizacin y funcionamiento de la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable, para conseguir una gestin ms eficaz de esta materia, remitindose en lo no previsto al rgimen general de los rganos colegiados.

Los objetivos de la nueva regulacin son conformes a los principios de actuacin de la Administracin Autonmica de eficiencia, economa, simplicidad y participacin ciudadana y a los principios de calidad normativa, necesidad, proporcionalidad, transparencia, coherencia, accesibilidad y responsabilidad, en los trminos que estos principios aparecen definidos en la Ley 2/2010, de 11 de marzo #(008061)#, de derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len.

Durante el proceso elaboracin de la esta norma se han realizado los procesos participativos, de informacin pblica y de audiencia a las Administraciones, empresas, asociaciones y las organizaciones ms representativas afectadas en el mbito de aplicacin de Decreto.

En su virtud, la Junta de Castilla y Len, a propuesta del Consejero de la Presidencia, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Castilla y Len y previa deliberacin del Consejo de Gobierno en su reunin de 20 de marzo de 2025

DISPONE

Artculo 1. Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto regular la composicin, organizacin y funcionamiento de la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len.

Artculo 2. Naturaleza y adscripcin.

1. La Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len, en el marco de lo establecido en el artculo 28.bis #(002604) ar.28# de la Ley 4/1998, de 24 de junio, reguladora del Juego y de las Apuestas de Castilla y Len, es el rgano colegiado encargado de coordinar la poltica de la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len en materia del juego responsable.

2. La Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len depende de la Consejera competente en materia de juego y apuestas.

Artculo 3. Rgimen jurdico.

La Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len realizar sus funciones y ajustar su actuacin a lo establecido en la Ley 4/1998, de 24 de junio #(002604)#, en la Ley 40/2015, de 1 de octubre #(036563)#, del Rgimen Jurdico del Sector Pblico, sin perjuicio de las peculiaridades previstas Ley 3/2001, de 3 de julio #(002122)#, del Gobierno y de las Administracin de la Comunidad de Castilla y Len, y en el presente Decreto.

Artculo 4. Composicin.

1. La Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len estar integrada por los siguientes miembros:

a) La Presidencia: La persona titular del rgano directivo central competente en materia de juego y apuestas.

b) Vocalas:

1.º La persona titular del rgano directivo central competente en materia de salud pblica.

2.º La persona titular del rgano directivo central competente en materia de proteccin a los menores de edad.

3.º La persona titular del rgano directivo central competente en materia de desarrollo de programas y planes de innovacin educativa.

4.º La persona titular del rgano directivo central competente en materia de juventud.

5.º La persona titular del rgano directivo central competente de servicios sociales en materia de conductas adictivas.

6.º Una persona en representacin de la Federacin Regional de Municipios y Provincias.

7.º Una persona en representacin de la Federacin Castellano Leonesa de Jugadores de Azar Rehabilitados.

8.º Una persona en representacin de las asociaciones empresariales, o en su defecto del sector empresarial, del juego y apuestas de Castilla y Len.

2. La Secretara ser desempeñada por un funcionario o funcionaria adscrito al rgano directivo central competente en materia de juego y apuestas con nivel de jefatura de servicio, que actuar con voz, pero sin voto.

3. Tanto la Presidencia como las vocalas de la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len podrn delegar sus funciones, asistencia y voto.

4. La Presidencia, de oficio o a instancia de la mayora de la Comisin, podr recabar la colaboracin y asesoramiento de personas expertas o asesores tcnicos, as como de los representantes sociales que proceda.

5. La Comisin se reunir por acuerdo de la Presidencia al menos una vez al año. Tambin se reunir cuando lo solicite, al menos la mitad de sus miembros, debiendo celebrarse dentro de los quince das siguientes.

6. El mandato de las vocalas de la Comisin de los puntos 6.º, 7.º y 8.º de la letra b) del apartado 1 del artculo 4, deber ser renovado cada cuatro años, salvo que nuevas circunstancias o cambios producidos en la asociacin y/o el sector impliquen una escasa representatividad de las personas elegidas, en cuyo caso la Presidencia de la Comisin podr requerir la ratificacin o la eleccin de nuevos miembros.

Artculo 5. Funciones.

1. Corresponde a la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len:

a) Analizar la situacin del sector del juego y de las apuestas y la incidencia de estas actividades en la sociedad castellano y leonesa.

b) Coordinar las actuaciones que desarrollen los centros directivos de las Consejeras de la Administracin de la Comunidad de Castilla y Len relacionadas con el juego y las apuestas y, en particular, por lo que respecta al fomento de las polticas de juego responsable y la prevencin y lucha contra el juego problemtico y patolgico.

c) Elaborar y realizar el seguimiento de la Estrategia de Prevencin y Tratamiento del Juego Patolgico.

d) Realizar o proponer estudios e informes en materias de su competencia, tales como el impacto del juego en la sociedad.

e) Impulsar acciones encaminadas a la sensibilizacin, informacin y puesta en conocimiento de la sociedad de buenas prcticas del juego.

f) Cualquier otra funcin que le sea encomendada.

2. Los acuerdos aprobados en el seno de la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len adoptarn la forma de recomendaciones.

DISPOSICIN ADICIONAL

Nombramiento de representantes.

En el plazo de un mes, a contar desde el da siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto, las asociaciones empresariales, o en su defecto el sector empresarial, del juego y de las apuestas de Castilla y Len, la Federacin Regional de Municipios y Provincias de Castilla y Len y la Federacin Castellano Leonesa de Jugadores de Azar Rehabilitados elevarn, a la Consejera competente en materia de juego y apuestas, el nombramiento de la persona que les representar en la Comisin Tcnica de Coordinacin del Juego Responsable de Castilla y Len.

DISPOSICIONES FINALES

Primera. Desarrollo normativo.

Se faculta a la Consejera competente en materia de juego y apuestas a dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este Decreto.

Segunda. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrar en vigor a los veinte das de su publicacin en el Boletn Oficial de Castilla y Len.

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