Ayudas para el fomento de la autonoma personal y la promocin de la accesibilidad a personas con discapacidad en situacin de dificultad o vulnerabilidad social

 25/03/2025
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Extracto de la Orden 466/2025, de 7 de marzo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales por la que se convocan para el ao 2025, ayudas para el fomento de la autonoma personal y la promocin de la accesibilidad a personas con discapacidad en situacin de dificultad o vulnerabilidad social (BOCAM de 24 de marzo de 2025). Texto completo.

EXTRACTO DE LA ORDEN 466/2025, DE 7 DE MARZO, DE LA CONSEJERA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES POR LA QUE SE CONVOCAN PARA EL AÑO 2025, AYUDAS PARA EL FOMENTO DE LA AUTONOMA PERSONAL Y LA PROMOCIN DE LA ACCESIBILIDAD A PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN SITUACIN DE DIFICULTAD O VULNERABILIDAD SOCIAL.

BDNS: 819654

De conformidad con lo previsto en los artculos 17.3.b) #(003434) ar.17# y 20.8.a) #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ).

Primero

Beneficiarios

Personas con discapacidad fsica, intelectual o sensorial en situacin de dificultad o vulnerabilidad social que residan en la Comunidad de Madrid.

Segundo

Objeto

Regular el contenido y el procedimiento de concesin de ayudas, destinadas a personas con discapacidad fsica, intelectual o sensorial en situacin de dificultad o vulnerabilidad social, imprescindibles para su autonoma personal.

Tercero

Bases Reguladoras

Las bases reguladoras que han de regir esta convocatoria son las contenidas en la Orden 1049/2017, de 15 de junio, de la Consejera de Polticas Sociales y Familia, (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nmero 150, de 26 de junio de 2017), correccin de errores mediante Orden 1217/2017, de 14 de julio, (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nmero 178, de 28 de julio de 2017), modificada por la Orden 103/2019, de 6 de febrero, de la Consejera de Polticas Sociales y Familia (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nmero 41, de 18 de febrero de 2019) y modificada por la Orden 882/2021 de 2 de junio, de la Consejera de Polticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, (BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID nmero 136, de 9 de junio de 2021).

Cuarto

Cuanta

La dotacin de la subvencin es de 350.000 euros, con cargo al subconcepto 48399 del programa presupuestario 231F, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el año 2025.

Quinto

Plazo de presentacin de solicitudes

Quince das hbiles contados desde el da siguiente al de la publicacin de este extracto en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a travs de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

El texto ntegro de la convocatoria se publicar en el Sistema Nacional de Publicacin de Subvenciones y en el BOLETN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el mismo da en que se produzca la publicacin de su extracto.

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