Subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realizacin de presupuestos participativos

 25/03/2025
Compartir: 

Resolucin de 11/03/2025, de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin, por la que se convoca para el ao 2025 la concesin de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realizacin de presupuestos participativos. Extracto BDNS (Identif.): 819906 (DOCM de 24 de marzo de 2025). Texto completo.

RESOLUCIN DE 11/03/2025, DE LA OFICINA DE TRANSPARENCIA, INTEGRIDAD Y PARTICIPACIN, POR LA QUE SE CONVOCA PARA EL AÑO 2025 LA CONCESIN DE SUBVENCIONES A ENTIDADES LOCALES DE CASTILLA-LA MANCHA PARA LA REALIZACIN DE PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS. EXTRACTO BDNS (IDENTIF.): 819906.

Extracto de la Resolucin de 11/03/2025, de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin, por la que se convocan, para el año 2025, las subvenciones para el desarrollo de proyectos destinados a la implantacin de los Presupuestos Participativos en el mbito territorial de los municipios de la regin.

BDNS (Identif.): 819906

De conformidad con lo previsto en los artculos 17.3.b #(003434) ar.17# y 20.8.a #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/819906)

Primero. Beneficiarios.

Podrn ser beneficiarios de las subvenciones que regula la presente resolucin los municipios de Castilla-La Mancha con una poblacin inferior a 50.000 habitantes, siempre que cumplan los requisitos de la base tercera de la Orden 32/2025, de 27 de febrero, de la V icepresidencia Primera, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realizacin de Presupuestos Participativos Municipales (DOCM n.º 45 de 6 de marzo de 2025)

Segundo. Objeto.

Se convocan las subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva, para la implantacin y desarrollo de los Presupuestos Participativos en el mbito territorial de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, concretndose en municipios con poblacin inferior a 50.000 habitantes.

A los efectos de esta convocatoria, se define Presupuesto participativo municipal en el mbito local, como aquel proceso de participacin que se desarrolla con el objetivo de involucrar a las ciudadanas y ciudadanos de un territorio en la elaboracin del presupuesto pblico del mismo. Este proceso de participacin se desarrollar durante el segundo semestre del ejercicio corriente al que corresponda la convocatoria, previo a la elaboracin del presupuesto pblico para el año siguiente, que permita a las vecinas y vecinos de estas entidades locales de la regin, decidir sobre una parte del presupuesto municipal.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden 32/2025, de 27 de febrero, de la Vicepresidencia Primera, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesin de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la realizacin de Presupuestos Participativos Municipales (DOCM n.º 45 de 6 de marzo de 2025)

Cuarto. Cuanta.

El presupuesto total previsto para esta convocatoria es de 30.000 euros para el año 2025. El importe de la subvencin que, en su caso, pueda otorgarse ser de 6.000 euros por solicitud, en los siguientes conceptos de gasto:

a) Gastos de consultora: relativos a la prestacin del servicio de asesoramiento especializado en el proceso para la implantacin y desarrollo de los Presupuestos Participativos en el mbito local, realizada por profesionales o empresas especializadas en este sector. En todo caso concluir con la elaboracin de un informe tcnico que deber elaborarse de manera personalizada, identificando perfectamente las fases y desarrollo del proceso firmado por la empresa consultora.

b) Gastos de desarrollo o adquisicin de herramientas digitales: relativas al diseño y desarrollo de Presupuestos Participativos Mu nicipales.

c) Gastos de difusin, comunicacin y publicidad del proceso.

1. Para la priorizacin de estas ayudas, siguiendo lo indicado en la base novena de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria, se establece una valoracin mxima de 70 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Criterios Generales: hasta un mximo de 30 puntos

a) No haber desarrollado Presupuestos Participativos en ejercicios anteriores.................5 puntos

b) Poblacin igual o inferior de 10.000 habitantes...25 puntos

c) Poblacin entre 10.001 y 20.000 habitantes....20 puntos

d) Poblacin entre 20.001 y 50.000 habitantes....15 puntos

Criterios relativos a la calidad del proyecto: hasta un mximo de 40 puntos

a) Cantidad asignada en los presupuestos municipales para los Presupuestos Participativos, siempre que sea superior a 40.000€, utili zando como base para hallar dicha cantidad, el presupuesto global vigente en el ejercicio al que corresponda la convocatoria:

a. Inferior al 0,6% del presupuesto global del ejercicio en curso.10 puntos

b. Igual o Superior al 0,6% del presupuesto global del ejercicio en curso.15 puntos

b) Medidas para garantizar el impulso y difusin del proyecto entre las vecinas y vecinos de la localidad (Portal web, radio, prensa local, cartelera informativa)...Hasta un mximo de 15 puntos

c) Personal asignado a la gestin, desarrollo e impulso del proyecto.Hasta un mximo de 10 puntos

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado nico del Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre aplicacin de criterios de incentivacin y medidas de apoyo a los solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblacin, previstas en el artculo 22.1 #(053761) ar.22# de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Econmicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblacin y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, se otorgar una puntuacin adicional respecto del total de la puntuacin prevista de:

a) Un 20 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin, definidos como zonas en riesgo de despoblacin, y en los municipios o ncleos de poblacin de ms de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblacin y en municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrcola, con poblacin inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido poblacin durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021

b) Un 30 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de intensa despoblacin, y en los municipios o ncleos de poblacin de ms de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblacin.

c) Un 40 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de extrema despoblacin.

3. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas como consecuencia de la aplicacin de los criterios objetivos de valoracin contemplados en los apartados 1 y 2 se proceder a su priorizacin de acuerdo con el orden de presentacin de solicitudes.

Quinto. Plazo de presentacin de solicitudes.

El plazo de presentacin de solicitudes ser de un mes a contar desde la fecha de publicacin de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Sexto. Otros datos.

Una vez resuelta la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 47 de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejera de Hacienda, Administraciones Pblicas y Transformacin Digital, sobre normas de ejecucin de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, se proceder al pago anticipado de las subvenciones concedidas previo acuerdo adoptado por el rgano de gobierno de la Corporacin asumiendo el compromiso realizacin de los Presupuestos Participativos en el municipio y segn lo establecido en la base decimosexta de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras.

El gasto subvencionable deber realizarse entre el 01/01/2025 y el 31/12/2025, siendo el plazo de justificacin de un mes desde la finalizacin de la actividad subvencionada y como mximo hasta el 31/01/2026.

Estas subvenciones son compatibles con la obtencin de cualquier otra ayuda o subvencin concedida por otras Administraciones o entes pblicos o privados, siempre que su importe no supere el coste de la actividad subvencionada, en los trminos que establece la base sexta de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras.

La solicitud incluir un formulario del proyecto en el que se especifica la informacin necesaria para evaluar los criterios de valoracin, se pueden presentar nicamente de forma telemtica con firma electrnica a travs de la sede electrnica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Los formularios de solicitud, y de justificacin estarn disponibles en la sede electrnica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

Toledo, 11 de marzo de 2025

El Director de la Oficina de Transparencia,

Integridad y Participacin

ENRIQUE TENORIO HERRERO

TEXTO COMPLETO DE LA RESOLUCIN DE 11 DE MARZO DE 2025

Por Orden 32/2025, de 27 de febrero, de la Vicepresidencia Primera, se aprobaron las bases reguladoras para la concesin de subvenciones a entidades locales de Castilla-La Mancha para la puesta en marcha de Presupuestos Participativos (DOCM n.º 45 de 6 de marzo de 2025).

La base undcima de la Orden 32/2025, de 27 de febrero, prev que el procedimiento de concesin se iniciar de oficio mediante convocatoria pblica efectuada por resolucin de la persona titular del rgano competente en materia de participacin ciudadana, de acuerdo con el artculo 23 del Reglamento de desarrollo del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, aprobado por Decreto 21/2008, de 5 de febrero #(006352)#. En cumplimiento de dichas disposiciones, se aprueba la presente convocatoria para 2025, de subvenciones para la implantacin de los Presupuestos Participativos en el mbito territorial de los municipios de la regin, facilitando as que los vecinos y vecinas de Castilla-La Mancha puedan de forma directa priorizar sus demandas y necesidades en materia de inversiones pblicas, propiciando un espacio de reflexin, debate y solidaridad.

En virtud de la competencia que me atribuye el Decreto 82/2024, de 12 de noviembre #(057384)#, por el que se establece la estructura orgnica y distribucin de competencias de los rganos integrados en la Presidencia de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, resuelvo:

Primero. Objeto.

Se convocan las subvenciones en rgimen de concurrencia competitiva, para la implantacin y desarrollo de los Presupuestos Participativos en el mbito territorial de las Entidades Locales de Castilla-La Mancha, concretndose en municipios con poblacin inferior a 50.000 habitantes.

A los efectos de esta convocatoria, se define Presupuesto participativo municipal en el mbito local, como aquel proceso de participacin que se desarrolla con el objetivo de involucrar a las ciudadanas y ciudadanos de un territorio en la elaboracin del presupuesto pblico del mismo. Este proceso de participacin se desarrollar durante el segundo semestre del ejercicio corriente al que corresponda la convocatoria, previo a la elaboracin del presupuesto pblico para el año siguiente, que permita a las vecinas y vecinos de estas entidades locales de la regin, decidir sobre una parte del presupuesto municipal.

Segundo. Gastos subvencionables.

1. Se consideran gastos subvencionables, de conformidad con la base cuarta de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras:

a) Gastos de consultora: relativos a la prestacin del servicio de asesoramiento especializado en el proceso para la implantacin y desarrollo de los Presupuestos Participativos en el mbito local, realizada por profesionales o empresas especializadas en este sector. En todo caso concluir con la elaboracin de un informe tcnico que deber elaborarse de manera personalizada, identificando perfectamente las fases y desarrollo del proceso firmado por la empresa consultora.

b) Gastos de desarrollo o adquisicin de herramientas digitales: relativas al diseño y desarrollo de Presupuestos Participativos Municipales.

c) Gastos de difusin, comunicacin y publicidad del proceso.

2. El plazo mximo subvencionable de la ayuda concedida ser desde el 01/01/2025 al 31/12/2025, siendo el plazo de justificacin de un mes desde la finalizacin de la actividad subvencionada y como mximo hasta el 31/01/2026.

Tercero. Caractersticas y cuanta mxima de las ayudas.

Las subvenciones estarn destinadas exclusivamente a financiar parte de los gastos que conlleva la implantacin de los Presupuestos Participativos Municipales, que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y se realicen en el plazo establecido en las bases reguladoras. En concreto se subvencionarn 6.000 euros por solicitud concedida, de los conceptos de gasto establecidos en el punto segundo de esta resolucin.

Cuarto. Crdito presupuestario.

El crdito presupuestario disponible para la adjudicacin de las subvenciones indicadas en la presente convocatoria se aplicar con cargo a la aplicacin presupuestaria 11/02/0000G/126F/46000 del ejercicio 2025, por un importe total de 30.000 euros.

Quinto. Entidades beneficiarias y requisitos.

Podrn solicitar esta subvencin exclusivamente los municipios de Castilla-La Mancha que cumplan con los requisitos establecidos en la base tercera de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

Sexto. Documentacin acreditativa de los requisitos.

Los municipios, a efectos de acreditar los requisitos referidos en el ordinal anterior, debern cumplimentar la declaracin responsable del cumplimiento de los mismos incluida en la solicitud de subvencin.

Sptimo. rganos competentes para la ordenacin, instruccin, valoracin y resolucin del procedimiento.

1. La ordenacin e instruccin del procedimiento corresponder al servicio de participacin ciudadana de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin como se recoge en la base duodcima punto 1 de la Orden32/2025, de 27 de febrero.

2. La resolucin de concesin corresponde a la persona titular de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin, competente en materia de participacin ciudadana, tal y como se recoge en la base decimotercera punto 1 de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

Octavo. Procedimiento.

El procedimiento de concesin se tramitar en rgimen de concurrencia competitiva siguiendo lo establecido en la base undcima de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

Noveno. Solicitudes.

1. Las solicitudes irn dirigidas a la persona titular de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin, y se presentarn nicamente de forma telemtica, con firma electrnica, mediante el envo de los datos a travs del formulario disponible en la direccin de la Sede Electrnica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). En l se incluirn las declaraciones responsables necesarias para la comprobacin del cumplimiento de los requisitos exigidos.

2. En la solicitud se incluye el formulario del proyecto en el que se especifica la informacin necesaria para evaluar los criterios establecidos en el punto dcimo de esta resolucin.

3. El plazo de presentacin de solicitudes ser de un mes a contar desde la fecha de publicacin de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

4. No sern admitidas a trmite las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado. De acuerdo con lo previsto en la base sptima de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria, si la solicitud no estuviera firmada por el representante legal de la entidad o no reuniera los requisitos exigidos, o la documentacin aportada estuviera incompleta o no reuniera los requisitos necesarios para su tramitacin, se requerir a la Entidad solicitante para que, en el plazo de 10 das, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicacin de que, si as no lo hiciera, se la tendr por desistida de su peticin, previa resolucin que se dictar al efecto, en los trminos previstos en el artculo 68 #(013300) ar.68# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas.

5. Cada municipio slo podr presentar una solicitud.

6. No sern admitidas a trmite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, resolvindose la inadmisin de las mismas, que deber ser notificada al interesado.

Dcimo. Criterios de valoracin de solicitudes.

1. Para la priorizacin de estas ayudas, siguiendo lo indicado en la base novena de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria, se establece una valoracin mxima de 70 puntos, distribuidos de la siguiente forma:

Criterios Generales: hasta un mximo de 30 puntos

No haber desarrollado Presupuestos Participativos en ejercicios anteriores....5 puntos

Poblacin igual o inferior de 10.000 habitantes.....25 puntos

Poblacin entre 10.001 y 20.000 habitantes......20 puntos

Poblacin entre 20.001 y 50.000 habitantes...15 puntos

Criterios relativos a la calidad del proyecto: hasta un mximo de 40 puntos

a) Cantidad asignada en los presupuestos municipales para los Presupuestos Participativos, siempre que sea superior a 40.000€, utilizando como base para hallar dicha cantidad, el presupuesto global vigente en el ejercicio al que corresponda la convocatoria:

a. Inferior al 0,6% del presupuesto global del ejercicio en curso.10 puntos

b. Igual o Superior al 0,6% del presupuesto global del ejercicio en curso.15 puntos

b) Medidas para garantizar el impulso y difusin del proyecto entre las vecinas y vecinos de la localidad (Portal web, radio, prensa local, cartelera informativa).....................................................Hasta un mximo de 15 puntos

c) Personal asignado a la gestin, desarrollo e impulso del proyecto...........Hasta un mximo de 10 puntos

2. En cumplimiento de lo dispuesto en el apartado nico del Acuerdo de 19/10/2021, del Consejo de Gobierno, sobre aplicacin de criterios de incentivacin y medidas de apoyo a los solicitantes de ayudas en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblacin, previstas en el artculo 22.1 #(053761) ar.22# de la Ley 2/2021, de 7 de mayo, de Medidas Econmicas, Sociales y Tributarias frente a la Despoblacin y para el Desarrollo del Medio Rural en Castilla-La Mancha, se otorgar una puntuacin adicional respecto del total de la puntuacin prevista de:

a) Un 20 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin, definidos como zonas en riesgo de despoblacin, y en los municipios o ncleos de poblacin de ms de 2.000 habitantes, definidos como zonas de intensa despoblacin y en municipios de las zonas rurales intermedias con predominio de la actividad agrcola, con poblacin inferior a 2.000 habitantes, que hayan perdido poblacin durante los cinco años anteriores a 1 de enero de 2021

b) Un 30 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de intensa despoblacin, y en los municipios o ncleos de poblacin de ms de 2.000 habitantes definidos como zonas de extrema despoblacin.

c) Un 40 por ciento para solicitudes que se desarrollen en municipios o ncleos de poblacin de menos de 2.000 habitantes definidos como zonas en de extrema despoblacin.

3. En caso de empate en las puntuaciones obtenidas como consecuencia de la aplicacin de los criterios objetivos de valoracin contemplados en los apartados 1 y 2 se proceder a su priorizacin de acuerdo con el orden de presentacin de solicitudes.

4. Para el cmputo de habitantes se emplear el ltimo padrn oficial de poblacin.

5. La valoracin de las solicitudes presentadas, junto con los datos incluidos mediante declaracin responsable en el formulario de solicitud, del proyecto relativo a la actividad a subvencionar al que se refiere la base octava de la Orden 32/2025, de 27 de febrero, ser realizada por la Comisin de Valoracin, asignado las ayudas econmicas en funcin de los puntos obtenidos.

Undcimo. Instruccin.

El procedimiento de instruccin seguir lo establecido en la base duodcima de la Orden 32/2025, de 27 de febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras de esta convocatoria.

Duodcimo. Resolucin, notificacin, publicacin y recursos.

1. A la vista de la propuesta de resolucin, nica o definitiva, la persona titular de la Oficina de Transparencia, Integridad y Participacin, competente en materia de participacin ciudadana, dictar la resolucin procedente, que se notificar individualmente a los interesados por medios electrnicos, a travs de la plataforma de notificaciones telemticas en la sede electrnica de la Administracin de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha https://notifica.jccm.es/notifica/.

2. El plazo mximo para resolver y notificar los procedimientos de concesin de ayudas ser de cuatro meses, a contar desde la fecha de la publicacin de la convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. El vencimiento del plazo mximo sin haberse notificado resolucin expresa, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la concesin de la subvencin.

3. A efectos de publicidad de las subvenciones, se remitir a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a travs de la Base de Datos Regional de Subvenciones, informacin sobre las resoluciones de concesin recadas en los trminos establecidos en el artculo 20 #(003434) ar.20# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y con las excepciones contempladas en el apartado 8 de este artculo.

4. La resolucin no pondr fin a la va administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Vicepresidencia Primera como rgano competente en materia de participacin ciudadana, conforme a lo dispuesto en los artculos 121 #(013300) ar.121# y 122 #(013300) ar.122# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Decimotercero. Pago de las subvenciones.

1. Una vez resuelta la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 47 de la Orden 219/2024, de 23 de diciembre, de la Consejera de Hacienda, Administraciones Pblicas y Transformacin Digital, sobre normas de ejecucin de los Presupuestos Generales de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para 2025, se proceder al pago anticipado de las subvenciones concedidas previo acuerdo adoptado por el rgano de gobierno de la Corporacin asumiendo el compromiso realizacin de los Presupuestos Participativos en el municipio y segn lo establecido en la base decimosexta de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

2. De conformidad con el artculo 77.4 #(003189) ar.77# del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, no podr realizarse el pago de la subvencin en tanto el beneficiario no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Administracin de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha o sea deudor por resolucin de procedencia de reintegro.

Decimocuarto. Justificacin de la actividad subvencionada.

1. A estos efectos, el procedimiento de justificacin se tramitar a travs de medios electrnicos. Para su inicio, la entidad beneficiaria presentar, debidamente firmado de forma electrnica, el modelo de justificacin habilitado al efecto en la sede electrnica de la Administracin de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, al que se acompañarn los siguientes documentos justificativos de acuerdo con lo establecido en el artculo 30 #(003434) ar.30# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de conformidad con el artculo 41.1 del Reglamento del Texto Refundido de la Ley de Hacienda:

a) Memoria que evale el desarrollo de las actividades subvencionadas.

b) Relacin individualizada de los gastos y pagos de la actividad, con identificacin del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisin y de pago.

c) Certificacin emitida por el rgano o unidad responsable de la contabilidad. En ella se har constar que las facturas justificativas corresponden a los pagos efectivamente realizados derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvencin, que se asumen como propios y que, en su caso, no han sido presentados ante otras entidades pblicas o privadas como justificantes de ayudas concedidas por las mismas.

d) Certificacin emitida por el rgano o unidad responsable de la contratacin, acreditativa de lo establecido en el artculo 31.3 #(003434) ar.31# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, al señalar que cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantas establecidas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre #(039439)#, de Contratos del Sector Pblico para el contrato menor, el beneficiario deber solicitar como mnimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carcter previo a la contraccin del compromiso para la obra, la prestacin del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales caractersticas no exista en el mercado suficiente nmero de entidades que los realicen, presten o suministren, o salvo que el gasto se hubiere realizado con anterioridad a la subvencin.

La eleccin entre las ofertas presentadas, que debern aportarse en la justificacin, se realizar conforme a criterios de eficiencia y economa, debiendo justificarse expresamente en una memoria la eleccin cuando no recaiga en la propuesta econmica ms ventajosa.

2. En la justificacin de la subvencin no podrn incluirse gastos distintos a aquellos para los que se concede la subvencin.

3. El plazo de justificacin ser de un mes desde la finalizacin de la actividad subvencionada y como mximo hasta el 31 de enero del ejercicio presupuestario siguiente al de la correspondiente convocatoria.

4. Transcurrido el plazo establecido de justificacin sin haberse presentado la misma ante el rgano concedente, ste requerir al beneficiario para que en el plazo improrrogable de un mes sea presentada a los efectos de lo dispuesto en este punto. La falta de presentacin de la justificacin en el plazo establecido en este prrafo llevar consigo la prdida del derecho a la subvencin, y en su caso, la exigencia de reintegro y dems responsabilidades establecidas en el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha y en el Ttulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre #(003434)#.

Decimoquinto. Cumplimiento e incumplimiento de obligaciones.

1. Los beneficiarios quedan sujetos al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la base decimosptima de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

2. El incumplimiento de las obligaciones impuestas como consecuencia de la concesin de las subvenciones dar lugar a la prdida total o parcial de las subvenciones concedidas, sin perjuicio de otras responsabilidades en que pudiera incurrirse. En consecuencia, se proceder a dejar sin efecto la resolucin de concesin de la subvencin, previo trmite de audiencia, y, en su caso, al reintegro de las cantidades percibidas ms el inters de demora, en los trminos previstos en el artculo 78 #(003189) ar.78# y siguientes del Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre, y conforme a lo dispuesto en el artculo 37 #(003434) ar.37# de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, citados anteriormente.

En el supuesto de devolucin a iniciativa del perceptor de la subvencin, sin el previo requerimiento de la administracin, no ser necesario el trmite de audiencia establecido en el prrafo anterior.

3. Los importes a reintegrar y los criterios de graduacin de los posibles incumplimientos sern los establecidos en la base decimoctava de la Orden 32/2025, de 27 de febrero.

Decimosexto. Reintegro voluntario.

Segn lo dispuesto en el artculo 51 del Reglamento de desarrollo del texto refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha en materia de subvenciones, las entidades beneficiarias, a iniciativa propia y con anterioridad a la finalizacin del plazo de justificacin de las subvenciones, podrn devolver el importe percibido indebidamente, a travs del modelo 046, de acuerdo con las instrucciones recogidas en Portal tributario de la Consejera de Hacienda y Administraciones Pblicas de Castilla-La Mancha en la siguiente direccin: https://portaltributario.jccm.es.

Decimosptimo. Impugnacin de la convocatoria.

Contra la presente resolucin, que no pone fin a la va administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Vicepresidencia Primera en el plazo de un mes a contar desde el da siguiente de la publicacin de la misma, con arreglo a lo establecido en los artculos 121 #(013300) ar.121# y 122 #(013300) ar.122# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Decimoctavo. Eficacia.

La presente resolucin surtir efectos el da siguiente al de su publicacin en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Comentarios

Noticia aún sin comentar.

Escribir un comentario

Para poder opinar es necesario el registro. Si ya es usuario registrado, escriba su nombre de usuario y contrasea:

 

Si desea registrase en la Administracin al Da y poder escribir un comentario, puede hacerlo a travs el siguiente enlace: Registrarme en La Administracin al Da.

  • El INAP no es responsable de los comentarios escritos por los usuarios.
  • No est permitido verter comentarios contrarios a las leyes espaolas o injuriantes.
  • Reservado el derecho a eliminar los comentarios que consideremos fuera de tema.

Últimos estudios

Conexión al Diario

Ágora

Ágora, Biblioteca online de recursos de la Administración Pública

Publicaciones

Lo más leído:

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2025

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana