REAL DECRETO 774/2023, DE 3 DE OCTUBRE, POR EL QUE SE MODIFICAN EL REAL DECRETO 1130/2003, DE 5 DE SEPTIEMBRE, POR EL QUE SE REGULA EL RGIMEN RETRIBUTIVO DEL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES, Y EL REAL DECRETO 2033/2009, DE 30 DE DICIEMBRE, POR EL QUE SE DETERMINAN LOS PUESTOS TIPO ADSCRITOS AL CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES A EFECTOS DEL COMPLEMENTO GENERAL DE PUESTO, LA ASIGNACIN INICIAL DEL COMPLEMENTO ESPECFICO Y LAS RETRIBUCIONES POR SUSTITUCIONES QUE IMPLIQUEN EL DESEMPEÑO CONJUNTO DE OTRA FUNCIN, PARA DAR CUMPLIMIENTO AL ACUERDO ENTRE LA ADMINISTRACIN DEL ESTADO Y EL COMIT DE HUELGA DE LETRADOS DE LA ADMINISTRACIN DE JUSTICIA.
Con fecha 28 de marzo de 2023 se firm el acuerdo entre la Administracin del Estado, representada por la Secretaria de Estado de Funcin Pblica, y el comit de huelga de los Letrados de la Administracin de Justicia.
En el citado acuerdo se establece un incremento retributivo de entre 430 y 450 euros mensuales, en funcin de la responsabilidad asumida por el colectivo en las oficinas judiciales, que se considera adecuado al conjunto de funciones nsitas a su condicin de directores de las mismas. En el caso de los Letrados de la Administracin de Justicia cuyo rgimen retributivo se regula en el Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre #(007907)#, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos del complemento general de puesto, la asignacin inicial del complemento especfico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra funcin, el referido incremento se aplica sobre el complemento especfico de cada puesto. Para los Letrados a los que resulte de aplicacin el Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre #(003383)#, por el que se regula el rgimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, este incremento debe aplicarse sobre el complemento especfico transitorio.
Este incremento ser progresivo, de forma que con efectos de 1 de enero de 2023 se retribuir el 40 % de la cuanta acordada, con efectos de 1 de enero de 2024 ser el 80 %, y a partir del 1 de julio de 2024 se percibir el 100 %.
El presente real decreto se ajusta a los principios de buena regulacin exigibles conforme al artculo 129 #(013300) ar.129# de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comn de las Administraciones Pblicas, ya que constituye el instrumento ms adecuado para atender los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurdica y eficiencia.
As, de conformidad con los principios de necesidad y eficacia, el presente real decreto es instrumento adecuado a los fines de adecuar las retribuciones de las Letradas y los Letrados de la Administracin de Justicia conforme a su capital papel en la misma.
En virtud del principio de proporcionalidad, la presente iniciativa minimiza su impacto a la reforma de los preceptos imprescindibles para trasladar a la norma los puntos econmicos del acuerdo suscrito. Con ello, la medida deviene idnea para conseguir los fines perseguidos y no supone mayor carga de obligaciones ni restriccin en derechos. Respecto a su contenido, contribuye a alcanzar unas retribuciones proporcionadas a las funciones de las Letradas y los Letrados en la Administracin de Justicia.
Se garantiza el principio de seguridad jurdica, en la medida en que, como se ha indicado, el presente real decreto es coherente con el contenido del acuerdo suscrito.
En aplicacin del principio de transparencia, se ha dado participacin activa, mediante informes y audiencias, al Consejo General del Poder Judicial, y a las Asociaciones profesionales de Letrados y Letradas de la Administracin de Justicia.
En aplicacin del principio de eficiencia, los incrementos previstos se realizarn de oficio por la Administracin y con carcter retroactivo a 1 de enero de 2023, y permiten una estructura retributiva de la Administracin de Justicia en que las Letradas y los Letrados se vean remunerados de forma acorde a las funciones que les corresponden.
En su virtud, a propuesta de las Ministras de Justicia y de Hacienda y Funcin Pblica, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberacin del Consejo de Ministros en su reunin del da 3 de octubre de 2023,
DISPONGO:
Artculo primero. Modificacin del Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre #(003383)#, por el que se regula el rgimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales.
El Real Decreto 1130/2003, de 5 de septiembre #(003383)#, por el que se regula el rgimen retributivo del Cuerpo de Secretarios Judiciales, queda modificado como sigue:
Se añade una disposicin transitoria sexta, que queda redactada en los siguientes trminos:
“Disposicin transitoria sexta. Incremento del complemento especfico transitorio en 2023 y 2024.
1. Los Letrados de la Administracin de Justicia que perciban sus retribuciones complementarias conforme a este real decreto, vern incrementadas las cuantas del complemento especfico transitorio, durante los años 2023 y 2024 en 430 euros mensuales, en valores del año 2023.
2. El incremento de la cuanta de este complemento se alcanzar, de forma progresiva, en los trminos siguientes:
a) A partir del 1 de enero de 2023, el incremento ser de 172 euros mensuales.
b) A partir del 1 de enero de 2024, el incremento alcanzar los 344 euros mensuales.
c) A partir del 1 de julio de 2024, el incremento alcanzar los 430 euros mensuales.
Este incremento tendr carcter consolidable y no absorbible ni compensable por ningn otro concepto retributivo actual o que se pueda establecer en el futuro y se establece sin perjuicio de los incrementos retributivos que para cada ejercicio se determine en las correspondientes leyes de presupuestos generales del Estado para los empleados pblicos que, en todo caso, les sern de aplicacin.”
Artculo segundo. Modificacin del Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre #(007907)#, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos de complemento general de puesto, la asignacin inicial del complemento especfico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra funcin.
El Real Decreto 2033/2009, de 30 de diciembre #(007907)#, por el que se determinan los puestos tipo adscritos al Cuerpo de Secretarios Judiciales a efectos de complemento general de puesto, la asignacin inicial del complemento especfico y las retribuciones por sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra funcin queda modificado como sigue:
Se añade una disposicin adicional sptima, que queda redactada en los siguientes trminos:
“Disposicin adicional sptima. Incremento del complemento especfico.
1. Las cuantas del complemento especfico de los Letrados de la Administracin de Justicia a los que resulte de aplicacin este real decreto se incrementarn en los siguientes importes respecto a las resultantes de la aplicacin del segundo prrafo del artculo 28.tres.3.a) #(055488) ar.28# de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023:
a) Secretaras de Gobierno, de Coordinacin Provincial y direcciones de servicios comunes: 5.400 euros anuales.
b) Puestos en servicios comunes, o con funciones en estos: 5.280 euros anuales
c) Unidades procesales de apoyo directo y Letrados destinados en el Ministerio de Justicia: 5.160 euros anuales.
2. Este incremento tendr carcter consolidable y no absorbible ni compensable por ningn otro concepto retributivo actual o que se pueda establecer en el futuro y se establece sin perjuicio de la subida que para cada ejercicio se determine en las correspondientes leyes de los presupuestos generales del Estado para los empleados pblicos que, en todo caso, le sern de aplicacin.”
Disposicin transitoria nica. Rgimen transitorio del incremento fijado en el artculo segundo.
El incremento fijado en el artculo segundo de este real decreto se alcanzar de forma progresiva en los trminos siguientes:
a) Con efectos de 1 de enero de 2023, la cuanta ser de:
1. Secretaras de Gobierno, de Coordinacin Provincial y direcciones de servicios comunes: 2.160 euros anuales.
2. Puestos en servicios comunes, o con funciones en estos: 2.112 euros anuales.
3. Unidades procesales de apoyo directo: 2.064 euros anuales.
b) Con efectos de 1 de enero de 2024, la cuanta ser de:
1. Secretaras de Gobierno, de Coordinacin Provincial y direcciones de servicios comunes: 4.320 euros anuales.
2. Resto de puestos en servicios comunes: 4.224 euros anuales.
3. Unidades procesales de apoyo directo: 4.128 euros anuales.
c) Con efectos de 1 de julio de 2024, la cuanta ser de:
1. Secretaras de Gobierno, de Coordinacin Provincial y direcciones de servicios comunes: 5.400 euros anuales.
2. Resto de puestos en servicios comunes: 5.280 euros anuales.
3. Unidades procesales de apoyo directo: 5.160 euros anuales.
Disposicin final nica. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrar en vigor el da siguiente al de su publicacin en el “Boletn Oficial del Estado”.
Anexos
Omitidos.
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