La Comunidad de Madrid aprueba el reglamento de armamento y medios de defensa para los Cuerpos de Policía Local de la región

 28/07/2025
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El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha dado el visto bueno al Decreto por el que se aprueba el reglamento de armamento y medios de defensa de los Cuerpos de Policías Locales de la región.

Comunidad.madrid 26.07.25

La nueva norma establece, por un lado, el uso de material defensivo individual básico, que consiste en un arma de fuego corta con su respectiva funda rígida antihurto, así como cargadores, munición, defensas, bastones policiales, grilletes y chalecos antibalas. Por otro, el empleo de dotaciones complementarias cuando sea necesaria una mayor protección o efectividad, como determinadas armas largas en unidades especializadas, dispositivos eléctricos de control y aerosoles defensivos, así como otros que proyecten sustancias estupefacientes, tóxicas o corrosivas.

Determina, asimismo, que estos medios solo están permitidos cuando exista un riesgo racionalmente grave para la vida del profesional, su integridad física o la de terceras personas, así como en circunstancias que puedan suponer un grave riesgo para la seguridad ciudadana.

La normativa también busca garantizar la integridad física de los componentes de los Cuerpos de Policía Local y de la población. Para ello, define medidas de seguridad como la elaboración de un registro que contenga los expedientes de cada instrumento defensivo y la persona que lo tiene asignado; la obligación de mantenerlo en perfecto estado de funcionamiento y a salvo de sustracción o uso indebido; la prohibición de manipularlo o modificar las características originales y, por último, la necesidad de pasar revista a estos elementos de seguridad.

Asimismo, se fija la necesidad de realizar prácticas de tiro y actividades de formación. Habrá una básica inicial para los efectivos de nuevo ingreso, que se desarrollará durante el período académico impartido por el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias de la Comunidad de Madrid (IFISE). Y otra de carácter continuo, a cargo de los ayuntamientos, que podrán desarrollar sus propios planes o enviar a su personal a los cursos de actualización y especialización realizados por el IFISE.

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