Gva.es 25.06.25
La finalidad de este acuerdo es dar continuidad a estos servicios, considerados esenciales para el funcionamiento de la Administración de la Generalitat, ya que carece de los medios personales y materiales para su prestación y tendrá una vigencia de cuatro años incluidas las prórrogas.
Por lo que respecta a los servicios postales, se evidencia su necesidad debido a la relevancia que continúan teniendo las comunicaciones en papel y su consideración de servicios auxiliares imprescindibles para el adecuado funcionamiento ordinario de la Administración, ya que el envío y recepción de correspondencia constituye uno de los instrumentos esenciales en el ejercicio de sus funciones en su relación con la ciudadanía.
Del mismo modo, el servicio de paquetería facilita el rápido envío, traslado y recepción de los paquetes en atención a las necesidades de las consellerias y entidades vinculadas a la Central de Compras, por lo que resulta necesaria su contratación de forma centralizada, con el fin de lograr una mayor homogeneidad en la prestación de estos servicios y las mejores condiciones y precios para la Generalitat.
De esta forma, el nuevo acuerdo marco responde a la necesidad de racionalizar y unificar el modelo de gestión de los servicios postales y de paquetería para todas las entidades vinculadas, con el propósito de conseguir la modernización, reducción de costes, control y homogeneización de estos servicios, mejora de la eficacia, de la transparencia y de la eficiencia en la prestación de los servicios públicos.
Valoración del coste
El acuerdo marco no lleva aparejado presupuesto de licitación ni compromete crédito, puesto que únicamente regula las condiciones para la adjudicación de contratos basados en el propio acuerdo. No obstante, se establece un valor estimado de 58.608.000 euros, IVA excluido, de los que 55.440.000 euros corresponden a servicios postales y 3.168.000 euros a servicios de paquetería. Estas cantidades se se han calculado teniendo en cuenta el valor máximo del conjunto de contratos previstos durante la duración total del acuerdo marco, partiendo de los datos de anteriores acuerdos y teniendo en cuenta los precios de mercado en relación con los servicios prestados a las entidades vinculadas.
En todo caso, el valor asignado tiene carácter orientativo y no vinculante, dado que las necesidades reales de las entidades incluidas y adheridas al acuerdo marco quedarán determinadas con posterioridad a la contratación que se lleve a cabo.
El nuevo acuerdo se divide en dos lotes: servicios postales y servicio de paquetería. El primero comprende el envío, la recogida, tratamiento, admisión, clasificación, curso, transporte, distribución y entrega de cartas ordinarias, cartas certificadas, publicorreo, envíos de publicidad y catálogos, periódicos y publicaciones periódicas, libros, material fonográfico y videográfico, paquete postal, burofax, así como los servicios adicionales de carta certificada y de paquete postal universal, mientras que no se incluye el servicio de valija o correo interno.
Por su parte, el segundo lote incluye la recogida, tratamiento, distribución y entrega de documentación y paquetería de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental y entidades adheridas y no incluye el servicio urgente o de prestación inmediata.
Asimismo, la Generalitat no se compromete a contratar una cantidad determinada de servicios, por estar subordinada su prestación a las necesidades de los órganos de contratación comprendidos dentro de su ámbito de aplicación, durante la vigencia del acuerdo marco, sin que el contratista pueda exigir prestaciones de cantidades determinadas o de importes mínimos como condición de servicio.
Beneficiarios
Los destinatarios de este acuerdo marco son, con carácter obligatorio, las consellerias que forman parte de la Administración de la Generalitat y su sector público instrumental, de acuerdo con lo dispuesto en artículo 19 del Decreto 35/2018 en relación con la Ley 1/2015, de 6 de febrero de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
Además, también son destinatarios, por adhesión previa voluntaria, por lo que respecta a los servicios postales: el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, el Síndic de Greuges, la Sindicatura de Comptes, el Consell Valencià de Cultura, el Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana, la Universitat de València, la Universitat Politècnica de València, la Universidad Miguel Hernández, la Fundació Universitat-Empresa de València (ADEIT), la Fundació Parc Científic Universitat de València (FPCUV), la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, la Fundación General de la Universitat de València y la Fundación Lluis Alcanyis de la Universitat de València.
En cuanto a los servicios de paquetería son destinatarios, por adhesión previa voluntaria : el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, el Síndic de Greuges, el Consell Valencià de Cultura, el Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana, la Universitat de València, la Universitat Politècnica de València, la Universidad Miguel Hernández, la Fundació Universitat-Empresa de València (ADEIT), la Fundació Parc Científic Universitat de València (FPCUV), la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, la Fundación General de la Universitat de València y la Fundación Lluis Alcanyis de la Universitat de València.
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