Luis Ángel Ballesteros Moffa

La cosa juzgada material en la duplicidad punitiva

 22/05/2025
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En buena medida, el principio non bis in idem se sigue explicando a partir de la cosa juzgada, sobre todo en su reconocimiento internacional. Sin embargo, no está resuelta adecuadamente la conexión de este óbice procesal con aquel derecho fundamental frente al doble reproche. Este estudio, publicado en el número 23 de la Revista de estudios de la Administración Local y Autonómica (REALA), propone una ordenación integrada de las dos figuras desde el momento en que la cosa juzgada material da respuesta a la mayor parte de los problemas prácticos de duplicidad punitiva.

Luis Ángel Ballesteros Moffa es Catedrático de Derecho Administrativo en la Universidad de León.

El artículo se publicó en el número 23 de la Revista de estudios de la Administración Local y Autonómica (REALA)

RESUMEN

Objetivos: el principio non bis in idem se sigue explicando en buena medida a partir de la cosa juzgada, sobre todo en su reconocimiento internacional. Sin embargo, no está resuelta adecuadamente la conexión de este óbice procesal con aquel derecho fundamental frente al doble reproche. Metodología: el artículo sigue una metodología dogmático-jurídica, basada en el análisis e interpretación sistemática de normas (penales y administrativas) y de la jurisprudencia constitucional y ordinaria. Examina la doctrina relevante y recurre a fuentes legales y sentencias para fundamentar sus conclusiones. Utiliza asimismo un enfoque comparativo de analogías y diferencias desde una perspectiva interdisciplinar. Resultados: contribución a la clarificación de sendas instituciones, poniendo de manifiesto no solo su punto de encuentro en la teoría de la triple identidad, sino la equiparación entre el llamado non bis in idem procedimental y la cosa juzgada material negativa (convergencia de procedimientos penales o administrativos sancionadores) y positiva (confluencia de ambos órdenes punitivos). Conclusiones: el estudio propone una ordenación integrada de las dos figuras desde el momento en que la cosa juzgada material da respuesta a la mayor parte de los problemas prácticos de duplicidad punitiva.

ABSTRACT

RES JUDICATA IN THE DUPLICATION OF SANCTIONS

Objectives: The non bis in idem principle, which prohibits double jeopardy for the same offence, is directly related to the force of res judicata, in particular in its procedural and international aspects. However, the relationship between this procedural guarantee and that fundamental right has not been sufficiently clarified. Methodology: The article uses a dogmatic-legal methodology, based on the systematic analysis and interpretation of norms (criminal and administrative) and of constitutional and ordinary case law. It studies the relevant doctrine and uses legal sources and judgments to support its conclusions. It also uses a comparative approach of analogies and differences from an interdisciplinary perspective. Results: Contribution to the clarification of both institutions. In order to do so, it will first highlight their meeting point in the triple-identity rule. Secondly, it will analyse the equivalence between the procedural non bis in idem and the negative effect of res judicata (overlapping of criminal or administrative proceedings) and the positive effect of res judicata (confluence of the two sanctioning regimes). Conclusions: The study proposes an integrated arrangement of the two figures, taking into account that res judicata provides an answer to most of the practical problems of punitive duplication.

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