El Gobierno sancionará "flirteos ofensivos" e "insinuaciones" en el nuevo protocolo contra el acoso sexual para funcionarios

 24/11/2022
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Toma de medidas provisionales desde el primer momento, resolución del expediente en un máximo de 30 días y garantizar la confidencialidad del procedimiento. Así es el pionero protocolo contra el acoso sexual que afectará a 2,7 millones de funcionarios de la Administración General del Estado y que también será de aplicación para las empresas privadas contratadas. Un plan de actuación para hacer frente al grave problema de que una de cada cinco mujeres haya sufrido acoso sexual en el trabajo.

Elmundo.es – Álvaro Carvajal – 24.11.22

El texto es fruto de un pacto entre el Ministerio de Hacienda y Función Pública y CSIF, según informan fuentes del sindicato de referencia en el sector, y se firmará mañana, Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer. Eso permitirá que sea aplicable ya en 2023 en el ámbito laboral de la Administración General. Entrará en vigor con un real decreto del Consejo de Ministros.

Este nuevo protocolo, que toma muchos elementos de una propuesta marco que presentó el Ministerio de Igualdad en el año 2021, establece un amplio listado de conductas de acoso sexual que serán perseguidas y sancionadas, tales como los comentarios sexistas, las insinuaciones, abrazos y besos no deseados; los flirteos ofensivos, las miradas impúdicas, los contactos por redes sociales indeseados o las bromas vejatorias, según informan fuentes de CSIF.

Ese tipo de comportamientos, y otros muchos más que vienen tipificados, podrán ser denunciados y, por tanto, sancionados de diferentes maneras, en función de su gravedad y repetición. Los mayores castigos por denuncias de acoso sexual implicarán el despido, la separación del servicio o la suspensión de funciones, de modo que las víctimas no tengan que verse forzadas a cambiarse para acabar con la situación que sufren.

Contactos indeseados, chistes sexistas,...

El texto, según las citadas fuentes, cita las conductas perseguidas. Las <<verbales>> incluyen insinuaciones sexuales, flirteos ofensivos, comentarios insinuantes, sugerentes o desagradables, llamadas telefónicas o contactos por redes sociales indeseados, bromas o comentarios sobre apariencia sexual.

Las conductas <<no verbales>> sancionables abarcan la exhibición de fotos sexualmente sugestivas o pornográficas, de objetos o escritos, miradas impúdicas y gestos y cualquier tipo de mensaje de contenido sexual en cartas, correos electrónicos o redes sociales.

El protocolo incluye, por supuesto, los <<comportamientos físicos>>, que implican algunas de las conductas de acoso sexual con más violencia explícita. Por ejemplo, el contacto físico deliberado y no solicitado, los abrazos o besos no deseados, acercamiento físico excesivo e innecesario y gestos obscenos.

Por otra parte, la Administración General del Estado perseguirá entre los funcionarios otras conductas constitutivas de acoso por razón de sexo u por razón de la orientación sexual. Se enumeran, entre otras, el demérito de la valía profesional por maternidad o paternidad, las conductas hostiles hacia quienes ejerciten sus derechos de conciliación de su vida personal, las descalificaciones públicas y reiteradas sobre la persona, las conductas discriminatorias por su sexo o el ignorar las aportaciones o las acciones de alguien por no tomarse en serio por quien las hace.

Asimismo, el protocolo anti acoso perseguirá el dirigirse de manera ofensiva a alguien por su identidad sexual o por ridiculizarle, igual que por hacer chistes despectivos. De igual modo, por menospreciar su trabajo o por tratar de vejarlo.

El texto establece un procedimiento integral para detectar, investigar y sancionar a los acosadores. Uno de los puntos más valorados es la rapidez de actuación. Se determina que los expedientes tienen que resolverse en un plazo no superior a los 30 días desde la denuncia. Además, se pueden establecer medidas preventivas desde el primer momento en función de la gravedad del caso para proteger a la víctima, como modificar horarios o cambiar el puesto de trabajo para evitar que se coincida. Una vez resuelto el expediente, y establecidas las sanciones, se propugna el restablecimiento de la dignidad y reputación de la víctima.

Vía judicial, compatible

Un cambio muy relevante es que por primera vez será compatible la sanción administrativa y la actuación judicial. Es una novedad, porque ahora mismo la vía administrativa se suspende cuando se instruye una denuncia en los tribunales.

El protocolo crea la figura del <<asesor confidencial>>, que es un compañero formado en cada departamento que acompañará a la víctima en todo momento.

Fuentes de CSIF valoran de manera <<muy positiva>> el texto porque recoge un mecanismo <<rápido, eficaz, accesible, sencillo, confidencial y anónimo>> para proteger a las víctimas. El objetivo, recalcan desde el sindicato, es <<prevenir, detectar, abordar y erradicar>> el acoso.

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