Los funcionarios que antes eran personal laboral han de cobrar los trienios de su anterior categoría, según la Justicia

 26/03/2021
 Compartir: 

El TSJC reconoce a un funcionario cántabro el derecho al que podrán acogerse 18 trabajadores más

eldiariomontanes.es 25.03.2021

Los funcionarios que antes fueron personal laboral tienen derecho a recibir la parte de salario que se genera en concepto de trienios en la anterior categoría laboral. Así lo ha establecido la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC), que ha fallado a favor del recurso presentado por un trabajador y afiliado de CCOO y obliga a la Tesorería General de la Seguridad Social (TSGS) a reconocer el derecho del demandante de percibir por trienios trabajados las cantidades que venía percibiendo como personal laboral y con anterioridad a convertirse en funcionario de esta Administración.

Según ha informado Comisiones Obreras, el TSJC ha condenado a la TGSS a abonar a este demandante en particular la cantidad de 4.748,32 euros, correspondientes a las fechas comprendidas de enero de 2016 a octubre de 2020, así como las futuras que se van devengando, con condena en costas a la Administración.

La Justicia vuelve a dar así la razón al citado sindicato que ha desarrollado una campaña a nivel estatal y en todos los territorios y que ya ha comenzado a dar sus frutos reconociendo que los funcionarios que antes eran personal laboral de la Administración tenían razón y se les estaba abonando menos cantidades por trienios que las que en realidad les correspondían.

De hecho, la sentencia del TSJC fundamenta su fallo en una sentencia del Tribunal Supremo, de la Sala Tercera, Sección Cuarta, número 648/2019 de 21 de mayo, fijando doctrina estable al considerar que “el personal laboral funcionarizado será funcionario desde la fecha en que adquiere esa condición, sin que el reconocimiento de servicios efectivos como contratado suponga la condición funcionarial ni por lo tanto antigüedad alguna con tal carácter. Distinto del anterior concepto es el de antigüedad a efectos retributivos, que se plasma en el concepto retributivo de trienios y que se devengan aplicando a los mismos el valor que corresponda atendiendo al cuerpo, escala o plaza en la que se hubieran completado”.

“En el caso de Cantabria, al recurso ahora ganado por un afiliado a CCOO, le siguen 18 más. La Justicia ha dejado claro que se vulneraban los derechos de estas personas que primero fueron personal laboral y luego accedieron a una plaza de funcionario. Era un perjuicio económico que les abonaran las cantidades de los trienios como si siempre hubieran sido funcionarios, cuando las cantidades son mucho más altas en el caso del personal laboral”, ha señalado Yasmina Flores-Gispert, delegada de CCOO en la Administración General del Estado (AGE).

Últimos estudios

Conexión al Diario

Publicaciones

Lo más leído:

  1. Actualidad: Nueva convocatoria de 300 plazas de Bomberos de la Generalitat
  2. INAP: Nuevas acciones formativas en modalidad «A tu Ritmo»
  3. Actualidad: Carlos Pollán se reúne con Inetum y explora el uso de las nuevas tecnologías para avanzar en la desregulación y simplificación administrativa
  4. Estudios y Comentarios: La configuración del arbolado urbano como bien jurídico colectivo: análisis de la Ley 7/2025, de 16 de diciembre, de protección del arbolado urbano y del arbolado de especial protección de Canarias
  5. Tribunal Supremo: No procede incluir a los titulados en Veterinaria en la formación para el acceso a la especialidad de “Laboratorio Clínico” establecida en el RD 101/2025, al no guardar relación directa e inmediata con las funciones que aquellos tienen asignadas
  6. Actualidad: El SERIS alcanza un gran acuerdo en la Mesa Sectorial para la mejora de las condiciones de trabajo del personal sanitario
  7. Tribunal Supremo: El TS entiende que no se ha acreditado la existencia de un daño indemnizable en un supuesto en que se repercutió el tramo autonómico del Impuesto sobre Hidrocarburos a los adquirentes de combustible para el desarrollo de su actividad económica
  8. INAP: Disponible el boletín n.º 29 de la Comunidad de Formación de INAP Social
  9. INAP: Correcciones de errores en las valoraciones finales de los procesos selectivos para el ingreso como personal laboral fijo en el grupo profesional E0 (OEP 2020 y 2021)
  10. Legislación: Acuerdo de derogación del Real Decreto-ley 21/2026

 

Atención al usuario: publicacionesinap.es

© INAP-2026

Icono de conformidad con el Nivel Doble-A, de las Directrices de Accesibilidad para el Contenido Web 1.0 del W3C-WAI: abre una nueva ventana