Las Cortes autorizan el convenio entre España y Argentina para evitar la doble imposición y contra la evasión fiscal

 04/12/2013
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El Pleno del Senado ha autorizado el convenio entre el Reino de España y la República Argentina para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y sobre el patrimonio, hecho en Buenos Aires el pasado 11 de marzo. De la misma manera, el Congreso argentino ha aprobado el convenio el pasado 27 de noviembre.

- Entrará en vigor con efectos desde enero de 2013 para garantizar la seguridad jurídica de las empresas

- El convenio potencia el intercambio de información con trascendencia tributaria entre ambos países

3 de diciembre de 2013.- Con la autorización por los Parlamentos de ambos países concluye el trámite legislativo, quedando pendiente la entrada en vigor del convenio del intercambio de los instrumentos de ratificación que se producirá previsiblemente a lo largo de este mes.

El pasado mes de marzo se firmó en Buenos Aires el nuevo convenio viniendo a sustituir al firmado en Madrid el 21 de julio de 1992, el cual había sido denunciado, de manera unilateral, por Argentina, con fecha 29 de junio de 2012. Esta denuncia implicó que dicho convenio dejó de tener efectos desde el 1 de enero de 2013.

El nuevo convenio supone una mejora y actualización del anterior y facilita la cooperación entre las autoridades fiscales en el desempeño de sus funciones, potenciando el intercambio de información de trascendencia tributaria entre ambos países. El convenio introduce pequeñas modificaciones, como las previstas en el ámbito de la imposición sobre el patrimonio o de los intereses, manteniéndose en el resto del articulado en términos análogos al convenio denunciado.

El convenio se acompaña de un memorando de entendimiento, en el que se contienen varias cláusulas de limitación de beneficios con el objetivo de poder atacar aquellas situaciones en las que se pudiera producir una utilización abusiva del convenio.

APLICACIÓN RETROACTIVA

Como ya se ha indicado, la entrada en vigor del nuevo convenio se producirá mediante el intercambio de los instrumentos de ratificación, si bien, y esto es lo más relevante, se ha establecido la aplicación retroactiva del mismo al 1 de enero de 2013, momento en el cual el convenio denunciado dejó de ser aplicable.

Se evita de esta manera la ausencia de un convenio, que sería un desincentivo a la inversión española, por la inseguridad que conllevaría y porque podría suponer un aumento de la carga fiscal de las empresas españolas instaladas en Argentina.

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