Dictamen del Comité Económico y Social Europeo sobre la Comunicación de la Comisión "Estrategia en pos de la contratación pública electrónica"

 28/01/2013
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El Comité Económico y Social Europeo (CESE) acoge favorablemente la Comunicación de la Comisión y concede gran importancia a la rápida transición hacia un sistema gene­ralizado de contratación pública electrónica, que ya se ha expe­rimentado con éxito en algunos Estados miembros.

Obcp.es

El CESE subraya la importancia de la contratación pú­blica electrónica, dados sus potenciales beneficios:

— transparencia; lucha contra el fraude;

— eficiencia del mercado;

— ampliación del mercado de la contratación pública a las pymes;

— ahorros generalizados para la administración pública;

— integración y desarrollo del mercado interior;

— modernización de la administración pública y desarrollo de la agenda digital europea;

— nuevas oportunidades para las empresas que ofrecen servi­cios tecnológicos; y

— desarrollo profesional para los trabajadores de la adminis­tración pública y de las empresas.

Observaciones específicas sobre las acciones previstas en la Comunicación de la Comisión

4.1 El CESE coincide en la necesidad de proceder a una transición hacia la automatización de la contratación pública. Aunque la Comisión hace hincapié en las fases iniciales del procedimiento de suministro (publicación de los anuncios, ac­ceso a los documentos de la contratación, presentación de ofer­tas, evaluación de las propuestas y adjudicación del contrato), es importante integrar las distintas fases posteriores a la adjudica­ción del contrato (órdenes, facturas y pago) y publicar informa­ción sobre el desarrollo de los contratos, los problemas regis­trados, plazos de ejecución y costes.

4.2 La armonización de los requisitos técnicos es fundamen­ tal para el desarrollo de soluciones y servicios IT que puedan adoptarse y utilizarse a nivel local, nacional y transfronterizo. El CESE alienta encarecidamente a la Comisión a proseguir la acción 2 prevista a este respecto. Las implicaciones son parti­cularmente importantes, no solo para las administraciones pú­blicas sino sobre todo para los proveedores, que podrán utilizar soluciones normalizadas e interoperables a nivel europeo.

4.3 La utilización de firmas electrónicas hace complejas las transacciones transfronterizas. Por lo tanto, convendría tomar medidas para facilitar la interoperabilidad de dichas soluciones. Sin embargo, es importante señalar que países como Portugal, por ejemplo, señalan como dificultades a la hora de utilizar la contratación pública electrónica los requisitos excesivos en ma­teria de firmas electrónicas y el coste de los servicios de estam­pación de fecha, así como la cuestión de la interoperabilidad entre las distintas plataformas de contratación pública electró­nica

4.4 Promover soluciones sencillas y buenas prácticas permite, sin lugar a dudas, apoyar útilmente los proyectos de automati­zación de los contratos públicos. A la hora de desarrollar solu­ciones pertinentes, deberán tenerse en cuenta las necesidades de las pymes, en particular, en la fase de presentación electrónica de ofertas. Por tanto, los resultados de los trabajos del Grupo de expertos de la Comisión en materia de Licitación Electrónica son esenciales, y podrían someterse a una evaluación de las partes interesadas.

4.5 La acción más importante en la que la Comisión debería focalizar su atención se refiere a las modalidades de aplicación de las distintas soluciones para la contratación electrónica en el mercado interior. En particular, el proyecto Peppol (Contrata­ción Pública Paneuropea en Línea) ha contado con la participa­ción de once países, que han desarrollado especificaciones téc­nicas con vistas a la elaboración de soluciones normalizadas para las fases más críticas del proceso de suministro y de una plataforma abierta para el intercambio de documentos norma­lizados, realizando la plena interoperabilidad entre las distintas plataformas europeas.

4.5.1 Los elementos Peppol incluyen, en particular, los ins­trumentos de validación de las firmas electrónicas basadas en certificados electrónicos expedidos por las autoridades europeas; un Expediente Virtual de la Empresa para presentar la informa­ción relativa a la empresa de manera normalizada (certificados y declaraciones), un catálogo electrónico para presentar las ofertas de productos y servicios en un formato normalizado, pedidos y facturación electrónicos para compradores y proveedores, con procedimientos definidos para compartir información sobre las actividades comunes. Y, por último, una infraestructura de transporte de los documentos electrónicos (la red), basada en normas comunes, compatibles a nivel nacional y que permita interconectar las comunidades y los sistemas separados de con­tratación electrónica.

4.5.2 El Sistema Europeo del Expediente Virtual de la Em­presa proporciona, de forma análoga a eCertis (un sistema de información que ayuda a encontrar los distintos certificados y declaraciones que suelen exigirse en los procedimientos de con­tratación de los veintisiete Estados miembros, en Croacia (país adherente), en Turquía (país candidato) y en los tres países del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega)), la información relativa a los criterios y pruebas/declaraciones necesarios para participar en las licitaciones organizadas en los Estados miembros. Sin embargo, mientras que la base de datos eCertis está actualmente pensada como una base de información, el Sistema Europeo del Expediente Virtual de la Empresa ofrece más interfaces, que permiten su conexión con otros servicios. eCertis debería pre­sentar características similares a dicho sistema. La Comisión debería garantizar la conformidad y actualizar el correspon­diente sistema de información jurídica, ofreciendo este servicio y apoyándolo técnicamente.

4.5.3 El CESE espera un firme apoyo de la Comisión y los Estados miembros para reforzar el papel de la asociación Open­ Peppol, y destaca la importancia de que el sector público euro­peo mantenga, desarrolle y adopte las especificaciones técnicas establecidas para aplicar los procedimientos de contratación pública, garantizando la normalización e interoperabilidad en las distintas fases del procedimiento de suministro, no solo las fases que preceden la adjudicación pero también las etapas pos­teriores, a fin de evitar la fragmentación del mercado.

4.6 El CESE reconoce la necesidad de financiar y apoyar el desarrollo de una infraestructura de contratación pública elec­trónica a través del mecanismo <<Conectar Europa>>, aprove­chando todo lo que han desarrollado ya los Estados miembros del consorcio Peppol, con la actual infraestructura de transporte (la red) que enlace los distintos sistemas en Europa. El CESE destaca la importancia de mantener una infraestructura abierta, accesible y segura, basada en unas normas compartidas. Con­vendría, a este respecto, recurrir a los Fondos Estructurales para facilitar la adopción de la contratación pública.

4.7 El CESE recomienda aplicar una estrategia de comunica­ción integrada, haciendo uso de las comunidades existentes, en particular, OpenPeppol, en colaboración con la red Enterprise Europe, y utilizando programas de creación de redes para las regiones y los municipios. La estrategia de comunicación podría dividirse entre la Comisión, OpenPeppol y el nuevo proyecto piloto A (CIP ICT PSP) Basic Cross Sector Services (BCSS) para la parte relativa a los contratos públicos electrónicos.

4.8 El CESE apoya la decisión de la Comisión de automatizar todo el proceso de suministro dentro de sus propias estructuras, y de poner a disposición las soluciones de fuente abierta desa­rrolladas en este ámbito.

4.9 El CESE coincide en la necesidad de controlar la adop­ción de los instrumentos electrónicos para la contratación pú­blica y de definir sus beneficios. Tras la adopción de la Direc­tiva, la Comisión debería publicar informes trimestrales sobre el estado de avance de los contratos en los Estados miembros, tanto a nivel cualitativo como cuantitativo, para informar sobre la evolución de los procesos.

4.10 Paralelamente, es esencial mantener un diálogo a nivel internacional sobre el uso de los instrumentos electrónicos para la contratación pública, en aras de una mayor transparencia y competencia. La utilización de normas internacionales aparece una vez más como un instrumento necesario a tal fin, por lo que es conveniente supervisar su desarrollo. Es necesario, en particular, supervisar y recomendar la utilización de normas (CEN BII y especificaciones Peppol) en la aplicación de la con­tratación pública electrónica por el sector público europeo.

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