Dos nuevas sentencias del TSJ han vuelto a dejar en evidencia la normativa impulsada por la Junta para la reordenación de la Administración andaluza

 17/01/2013
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía resuelve contra la integración de personal en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera (AGAPA) y en la Agencia de Medio Ambiente y Agua (AMAYA)

ABC

Dos nuevas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han vuelto a dejar en evidencia la normativa impulsada por la Junta para la reordenación de la Administración andaluza, conocida como <<ley del enchufismo>>, objeto en los últimos años de una fortísima polémica.

La primera de las resoluciones judiciales desestima los recursos de apelación interpuestos por la Junta contra la sentencia que estimaba el recurso interpuesto por la asociación <<Al Andalus>> representada por el despacho de Mariano Aguayo, y anula la regla 3 del protocolo de integración del personal de la empresa pública de Desarrollo Agrario y Pesquero (Dapsa) en la Agencia de Gestión Agraria y pesquera (Agapa).

Contra dicha resolución no cabe recurso alguno, por lo que el régimen de integración del personal procedente de Dapsa, que asciende a 1.812 empleados, en la Agencia de Gestión Agraria y Pesquera de Andalucía ha quedado definitivamente anulado.

El segundo de los fallos estima parcialmente el recurso del Sindicato Andaluz de Funcionarios contra el decreto que aprobó los Estatutos de la Agencia Amaya. La central alegó que la integración del personal procedente de la empresa pública Egmasa en la Agencia vulneraba el derecho a la igualdad en el acceso a la función pública.

Considera el Tribunal que la prueba documental practicada ha demostrado que 5.425 trabajadores procedentes de Egmasa, contratados en régimen laboral, se han integrado como personal laboral en la Agencia Amaya, de forma directa, "es decir, sin seguir procedimiento de concurrencia competitiva".

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